Aplazamiento de procesos administrativos y judiciales
Con el estado de alarma por coronavirus se suspenden los plazos en los procedimientos administrativos y judiciales.
¿Qué ocurre con los trámites presenciales en la DGT, el examen de conducir o la recuperación de puntos del carné durante el estado de alarma? ¡Léelo aquí!
Jordi Mari | 25.03.2020
El Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Coronavirus (Covid-19) ha afectado a prácticamente todos los ámbitos de nuestra vida y especialmente a los desplazamientos de las personas.
Como consecuencia de ello, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha tomado una serie de medidas que pueden afectar tanto al permiso de conducción como al resto de trámites que se suelen efectuar en Tráfico. ¡Vamos a verlas!
En lo que se refiere a trámites en las Jefaturas Provinciales de Tráfico, se han anulado todas las citas en oficinas de la DGT, incluso para canjes del permiso de conducir. Asimismo, también se han suspendido las citas previas y la atención presencial en las Jefaturas Provinciales de Tráfico.
Desde el 16 de marzo, se han suspendido los exámenes teóricos y prácticos de todas las categorías de vehículos.
En acuerdo con la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE) quedan suspendidos los cursos de sensibilización y recuperación de puntos para recuperar puntos del permiso de conducción o el propio permiso en caso de pérdida de todos los puntos.
Respecto de los permisos de conducción que caduquen durante el estado de alarma, se prorrogan automáticamente hasta 60 días después de su finalización. Durante el estado de alarma el conductor podrá seguir conduciendo con el permiso caducado.
Mientras dure el estado de alarma se interrumpe el plazo de seis meses durante el cual el titular de un permiso de conducir extranjero válido para circular por España puede conducir en territorio nacional. Dicho plazo se reanudará cuando finalice el estado de alarma y sus prórrogas.
Respecto de la inspección técnica de vehículos (ITV), los plazos para efectuar las inspecciones quedan suspendidos. Por ello, aquellos vehículos a los que le caduque la ITV durante el estado de alarma podrán seguir circulando sin problemas.
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