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¿Qué es el cheque familiar? ¿Quién tiene derecho a solicitarlo? ¿Cuánto dinero supone? ¿Cómo se solicita? ¿Dónde se debe presentar? ¡Te lo contamos en este artículo!

1. ¿Qué es el cheque familiar?

El cheque familiar es la modalidad de cobro anticipado de una deducción que la reforma fiscal de 2015 incorporó al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El colectivo al que se le reconoce esta ayuda son las familias numerosas, las familias numerosas de categoría especial, las familias monoparentales con dos hijos a cargo y familias con descendientes o ascendientes con discapacidad.

2. ¿Quién tiene derecho a solicitar el cheque familiar?

  • Contribuyentes que tienen derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad.
  • Ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre, que formen parte de una familia numerosa.
  • Ascendiente separado legalmente, con o sin vínculo matrimonial, con dos hijos a cargo por los que tenga derecho a aplicarse la totalidad del mínimo por descendientes y sin derecho a anualidad por alimentos.

Asimismo, este contribuyente debe realizar una actividad por cuenta propia o ajena y, en consecuencia, estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. También incluiría a aquellos contribuyentes que perciban prestaciones del sistema público de protección de desempleo o pensiones de los regímenes públicos de previsión social o asimilados.

3. ¿Cuánto dinero supone?

La deducción del cheque familiar es de 1.200€ anuales (100€ al mes) para todos los supuestos, salvo para las familias numerosas de categoría especial que tienen derecho a percibir 2.400€ anuales (200€ al mes).

4. ¿Cómo se solicita el cheque familiar?

Los contribuyentes que puedan acreditar el cumplimiento de los requisitos deberán presentar el modelo 143, indicando, entre otros datos, la cuenta corriente en la que se desea que se realice el ingreso mensual por parte de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, acompañado de la documentación justificativa del derecho.

Al cobrarlo mes a mes, en el momento de presentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se deberá hacer constar que ya se ha cobrado el cheque familiar, por lo que no se podrán aplicar la deducción.

5. ¿Dónde se debe presentar?

Hacienda ha habilitado tres vías de presentación para facilitar al contribuyente los trámites de la solicitud del cheque familiar:

  • Vía electrónica: se puede presentar el modelo 143 ante la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria mediante DNI electrónico, certificado digital o Clave PIN.
  • Teléfono: se deber informar del importe de la casilla 490 de la declaración de IRPF del año anterior en el número de teléfono 901 200 345.
  • Presencial: se puede presentar el modelo 143 cumplimentado, impreso y firmado en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.
 

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