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El Congreso ha aprobado una proposición que agilizará el proceso de desahucios de viviendas ocupadas ilegalmente. Esta medida, que se votará próximamente en el Senado, es muy probable que se acabe aprobando, aunque todavía quedan muchas incógnitas por resolver.

¿A quién beneficiará el desahucio express?

La ley de desahucio express protege a las personas que tengan una vivienda en propiedad, a las entidades sin ánimo de lucro y a las entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social.

¿Qué cambiará esta ley respecto a la anterior?

Como medida de esta nueva ley, se enviará una notificación a los “okupas” ilegales, que será válida tanto para aquellas personas que la reciban como para las que no. Los ocupantes se podrán oponer a esta notificación si aportan un contrato, pacto o autorización para vivir en esa vivienda. Si no pueden demostrar que residen legalmente en el inmueble, se dictará auto y deberán entregarlo inmediatamente. No habrá citación a juicio (evitando los señalamientos a 8 meses vista), ni suspensiones de esos juicios (evitando 8 meses más). Directamente se ordenará su salida consiguiendo mayor prisa en la tramitación y también se reducirá la carga a los Juzgados.

¿Cómo se procederá si los “okupas” no devuelven la vivienda en el plazo estipulado?

Si los “okupas” no devuelven la vivienda, en un plazo de 5 días se dictará sentencia con la posibilidad de pedir su ejecución inmediata pidiendo ya una fecha para desalojarlos.

Si hasta el momento los procesos de desalojo podían alargarse hasta dos años, con esta ley se podría desahuciar a los okupas en dos meses.

Prevención de situaciones de exclusión residencial y casos de vulnerabilidad

Con este procedimiento se obligará a las administraciones públicas a que adopten protocolos con medidas ágiles de coordinación y colaboración para prevenir situaciones de exclusión residencial y casos de vulnerabilidad. Asistencia social, por ejemplo, deberá responder en 7 días para dar solución a los okupas que sean vulnerables.

Incógnitas de esta nueva ley

Por otro lado, esta reforma todavía plantea una serie incógnitas. Por ejemplo, en el dar por notificado a cualquiera. Este punto puede limitar los derechos de las personas que realmente no reciban la notificación. Por su parte, los plazos de respuesta tan cortos por parte de asistencia social no parece que sean factibles con los medios actuales. Además, el regular dos resoluciones ejecutivas seguidas (auto y sentencia posterior) tampoco queda muy claro, así como la falta de autorización a los propietarios a dejar de pagar suministros si se confirma la ocupación ilegal de sus viviendas.

Aunque parece que este proyecto tirará para adelante, ahora es el momento de presentar recursos, con lo que próximamente comprobaremos qué es lo que se aprobará finalmente.