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El uso fraudulento de las comunicaciones wifi plantea serios problemas legales. Si hacemos uso de una red privada y cerrada protegida por contraseña saltándonos estas protecciones para acceder a Internet a través de dicha red wifi, estamos hablando de una violación del espacio privado. Una conducta que está regulada y tipificada por nuestro Código Penal.

Legalmente

Los artículo 197 y 197 BIS del Código Penal disponen que: el que para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses. O, en el mismo sentido, el que por cualquier medio o procedimiento, vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, y sin estar debidamente autorizado, acceda o facilite a otro el acceso al conjunto o una parte de un sistema de información o se mantenga en él en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años.

Además, el artículo 256 dispone: el que haga uso de cualquier equipo terminal de telecomunicación, sin consentimiento de su titular y, causando a éste un perjuicio económico, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses. Y si la cuantía del perjuicio causado no excediera de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.

En la práctica

Pero el problema práctico de estos artículos del Código Penal está en obtener pruebas que demuestren los hechos, ya que quien denuncie a alguien por estas conductas debe poder cuantificar en términos reales y económicos el valor de lo defraudado.

Teniendo en cuenta que el acceso de una tercera persona a la red wifi no supone, en la mayoría de los casos, un aumento de facturación, sí puede suponer una reducción de calidad y velocidad de los servicios contratados. Pero este perjuicio resulta muy complicado de valorar en términos monetarios.

A pesar de que las intrusiones en las redes wifi son frecuentes se pueden tomar medidas para protegernos de estos ataques siguiendo una serie de recomendaciones:A pesar de que las intrusiones en las redes wifi son frecuentes se pueden tomar medidas para protegernos de estos ataques siguiendo una serie de recomendaciones:

  1. Configurar nuestra red wifi cambiando los parámetros que vienen por defecto, así como instalar y configurar firewalls con la finalidad de restringir los accesos a la red local.
  2. Es recomendable también instalar sistemas de detección de intrusos (IDS) para detectar accesos no autorizados en un terminal y poder bloquearlos.
  3. Si tenemos dudas podemos contactar con servicios de asesoramiento y ayuda que nos ofrecen distintos estamentos especializados en este ámbito tales como la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional, o al Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil.

Por último, es necesario resaltar qué ocurre con las redes wifi abiertas. Conectarnos a una red sin contraseña no suele ser un delito, como es el caso de conectarse a una red wifi abierta intencionalmente que, o bien sea de un particular que no quiere o no sabe proteger su acceso a dicha red mediante contraseña, o bien pertenezca a un establecimiento comercial que, dentro de sus servicios, brinde a sus clientes esta opción, como puede ser un hotel o una cafetería.

En todo caso, el problema surgiría en el ámbito civil, ya que dependerá de las condiciones contractuales que el establecimiento haya establecido con la compañía operadora de telecomunicaciones respecto a los límites y servicios de uso de la red que pueda dar a sus usuarios.