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El pasado 14 de marzo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 (coronavirus).

¿Qué supone el estado de alarma?

El Gobierno central toma el mando

Dicha declaración supone que la gestión y las decisiones que deben adoptarse para eliminar la situación de crisis sanitaria provocada por coronavirus queda en manos del Gobierno central, permaneciendo las Comunidades Autónomas, provincias y Ayuntamientos bajo sus criterios de gestión.

Orden de confinamiento en los hogares

Dentro de las potestades absolutas que le concede la Constitución Española en la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio de los estados de alarma, excepción y sitio, el Gobierno central está estableciendo medidas extraordinarias que implican a toda la población. La orden de confinamiento en nuestros hogares es, durante estos días, una de las medidas más visibles.

Sanciones por no respetar el estado de alarma

Esta orden de confinamiento y sus complementarias para garantizar la salud pública ante el coronavirus (COVID-19), el suministro de material de primera necesidad y los servicios públicos (agua, luz, transporte, seguridad etc.), supone también la aplicación de sanciones para todos aquellos que las incumplan y sean localizados por los cuerpos de seguridad del Estado (policía, Mossos d’Esquadra, Ertzaintza, policía local y guardia civil) o por la Unidad de Emergencias del Ejercito (UME).

Infracciones y multas

Las sanciones que se pueden aplicar por no respetar las medidas del gobierno ante el coronavirus pueden ser de 100€ para las infracciones más leves hasta 600.000€ para las más graves:

  • Quitar vallas o encintados que hayan puesto los cuerpos de seguridad se considera una infracción leve y puede tener una sanción de 100€ a 600€.
  • No identificarse o dar datos falsos y no cumplir con los requerimientos de los cuerpos de seguridad se consideran infracciones graves y puede tener una sanción de 601€ a 30.000€.
  • Aquellas omisiones que pongan en riesgo la salud de la población se consideran infracciones muy graves y se sancionarán con una multa de 3.000€ a 600.000€, e incluso con penas de prisión por resistirse o desobedecer gravemente a la autoridad competente.

Todas estas sanciones, vinculadas a la situación excepcional generada por la pandemia del coronavirus (COVID-19), se basan principalmente en cuatro leyes: Ley de Seguridad ciudadana, Ley del Sistema Nacional de Protección civil, Ley sobre Salud Pública y Código Penal.