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Muchas veces los peatones pensamos que tenemos preferencia de paso respecto a los vehículos o que contamos con una armadura invisible contra cualquier imprudencia o error ajeno. Pese a ello, las estadísticas oficiales contradicen esta falsa percepción de seguridad: el último saldo de peatones atropellados, según la DGT (2017), es de 351 personas fallecidas y 14.322 heridos.

Por ello, te contamos cuáles son tus derechos y obligaciones como peatón y las sanciones a las que estás expuesto, ¡que pueden oscilar entre los 80 y los 1.000 euros!


Por dónde puedo caminar como peatón

El Reglamento de Circulación deja claro que los peatones están obligados a utilizar y cruzar solo por los lugares habilitados para ello. Además, deben hacerlo de una determinada manera: en primer lugar, con la certeza de que pueden atravesar la calzada sin peligro para ellos o cualquier otro usuario de la vía, concepto resumido en la mítica frase “mira antes de cruzar”.

Es importante añadir que no se puede cruzar un paso de cebra en diagonal (para acortar) o caminar por sus proximidades sin llegar a entrar en él. Además, al atravesar la calzada no debemos demorarnos, detenernos ni entorpecer el paso a los demás.

Cómo debo actuar si…

La acera está bloqueada, no existe o no es transitable

Excepcionalmente se puede transitar por el arcén o, en su defecto, por la calzada, pero lo más pegado posible a la acera porque los vehículos tienen prioridad de paso.

Estoy fuera de un núcleo urbano

En caso de no haber un espacio reservado para peatones, como norma general se deberá circular por la izquierda, aunque se podrá ir por la derecha cuando esté justificado por razones de seguridad. En autopistas y autovías queda prohibida la circulación de peatones salvo que, por accidente, avería del vehículo o enfermedad de alguno de los ocupantes u otra emergencia se deba solicitar auxilio desde el poste de socorro más cercano o en caso de no haberlo, pedir auxilio a otro usuario de la vía.

Camino en grupo

Todo grupo de peatones dirigidos por una persona o que forme cortejo podrán circular por el arcén y, si este no es transitable, por la calzada siempre que adopten las debidas precauciones y circulen por la derecha.

Es de noche

Fuera de poblado, entre la puesta y la salida del sol, en condiciones meteorológicas adversas o con poca visibilidad, todo peatón que circule por calzada o arcén deberá llevar algún elemento luminoso o reflectante homologado visible al menos a 150 metros. Además, si se circula en grupo dirigido por una persona o en cortejo deberán llevar en lado del centro de la calzada las luces necesarias para indicar su situación y dimensiones de color blanco o amarillo hacia delante y rojo hacia atrás.

Voy en silla de ruedas

Se deberá transitar por la zona peatonal, pero adoptando las debidas precauciones se podrá circular por el arcén o calzada a una velocidad moderada y siempre por la derecha. En ningún caso se podrá circular por autopistas ni autovías.

No hay paso de cebra

En caso de no existir paso para peatones debemos asegurarnos de hacerlo sin riesgo ni entorpeciendo a nadie. Deberemos atravesar la calzada de manera perpendicular a esta.

Me encuentro una glorieta

No se puede atravesar, lo correcto es rodearla.

Multas más comunes para peatones

Cruzar por lugares prohibidos

Es la infracción que más siniestros ocasiona para los peatones, seguida de no hacer uso del paso de cebra, aunque exista. Ambas acciones se castigan, por regla general, con 80 euros de multa. En caso de ser responsable de un accidente, deberá responder de los posibles daños a terceros e indemnizar por las lesiones ocasionadas. Si hubiera culpa compartida se podrá reducir la indemnización hasta un máximo de un 75% salvo que el responsable sea menor de 14 años o sufra un menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico que le prive de capacidad de culpa civil que, en cuyo caso no se podrá reducir ni suprimir la indemnización.

No respetar un semáforo en rojo

Cruzar en rojo es un clásico antirreglamentario penado con 200 euros.

Negarme a hacer un control de alcoholemia

Si estás directamente implicado en un accidente o infracción, estás obligado a someterte al control de alcoholemia y, en caso de negarte, te expones a una sanción de hasta 1.000 euros.

¿Y por mirar el móvil?

Es evidente que mirar el móvil mientras caminamos aumenta el riesgo de accidente. Pese a ello, de momento no está considerado como infracción.
Debido al aumento de personas que caminan a la vez que miran el móvil, ya existe un concepto que hace referencia a ello: ser un ‘smombie’ (concepto que deriva de smartphone y zombie). El el peatón tiene que atender al tráfico y, de hecho, en Estados Unidos se quiere regular este comportamiento. Aquí, de momento, solo hay avisos o balizas luminosas sobre el pavimento en algunas ciudades.

¿Puedo perder puntos como peatón?

Cualquier persona puede, por definición, interpretar el papel de peatón y puede hacerlo, además, sin que se le exija formación o título alguno. Precisamente por eso, nunca le podrán quitar los puntos asociados al carné de conducir, en caso de tenerlo. Es una ventaja, sí, pero sus derechos, de nuevo, no son ilimitados y, por supuesto, se expone a sufrir diversas sanciones, algunas quizá bastante desconocidas.