Nueva directiva de pago y banca online: la doble autenticación
Con la aprobación de la PDS2, se instaura la doble autenticación en los pagos online. Esta medida, que supone un doble filtro, refuerza nuestra seguridad.
Si tienes una pyme o eres autónomo, te interesará saber que puedes solicitar una ayuda para mejorar tu nivel de digitalización. ¡Sigue leyendo!
Miriam Montero | 02.09.2022
El 2 de septiembre se abre la 2º convocatoria del Kit Digital. Este programa está incluido dentro del Plan de Digitalización de Pymes 2021 – 2025 y tiene como objetivo la digitalización de pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo. ¿Quién y cómo puede solicitarlo? ¿De cuánto es la subvención? ¿A qué se puede destinar el bono?
¡Te lo explicamos a continuación!
En esta segunda convocatoria, el presupuesto es de un importe máximo de 500.000.000 € y se centra en las empresas del Segmento II: pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, que tengan entre 3 y menos de 10 empleados cuyo domicilio fiscal este ubicado en el territorio español y que acrediten cumplir las Bases Reguladoras, así como la convocatoria de la ayuda.
La cuantía máxima del Bono Digital por beneficiario será de 6.000 €.
Esta ayuda está destinada a la mejora de la competitividad y el nivel de la madurez digital de las empresas antes mencionadas. Las mejoras están recogidas dentro de la norma en el catálogo de soluciones de digitalización. Dentro de este catálogo encontramos el sitio web y la presencia en internet, el comercio electrónico, la gestión de Redes Sociales, la gestión de clientes y procesos, las facturas electrónicas y ciberseguridad, entre otras. También se podrán destinar las ayudas a la sustitución de soluciones que ya tuviera el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.
Para solicitar la ayuda, se deberán presentar en tiempo y forma los formularios automatizados que han puesto a disposición para ello, a través de Red.es y de Acelera.Pyme. Una vez concedida la ayuda, se deben formalizar los correspondientes “Acuerdos de prestación de soluciones de Digitalización” con los Agentes Digitalizadores Adheridos, es decir, las empresas adheridas que llevaran a cabo la solución solicitada. Este acuerdo debe contener la contratación de una o varias soluciones de digitalización. El Bono Digital se hará efectivo cuando el Agente Digitalizador presente el justificante de la realización de la actividad para la que se concedió la subvención y así lo apruebe el órgano competente.
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