Baja Paternidad: documentación, requisitos y cuantía
¿Vas a ser padre? Te contamos lo que necesitas saber sobre la prestación por paternidad: documentación, duración, requisitos y cuantía a recibir en la baja.
Cada vez hay más parejas de diferentes países. Esto plantea dudas sobre cómo actuar en caso de ruptura con hijos, cambios de domicilio o malos tratos.
Marina Barriendos | 09.01.2018
Hoy en día, como tenemos tan fácil viajar alrededor del mundo, cada vez hay más matrimonios entre personas de diferentes países. Esta situación puede plantear una serie de dudas respecto a cómo debemos actuar según la ley, por ejemplo, en caso de una ruptura con hijos o en caso de malos tratos. Respondemos estas y más cuestiones en este artículo.
No todos los países tienen el mismo régimen económico matrimonial. Holanda, por ejemplo, es comunidad absoluta de bienes y en España en cambio hay 3 tipos: gananciales, separación de bienes o de participación.
En este caso, ambas personas de la pareja deciden acerca de lo que acontece con los niños a partes iguales. Por lo tanto, cuando uno de los progenitores no viaja, el que se lleva a los niños necesitará su permiso para viajar. De lo contrario en aduanas podríamos tener problemas para viajar con los menores.
En este caso, se debe regresar lo antes posible al país de residencia habitual. De lo contrario, estaríamos ante una situación de privación al otro progenitor y a los hijos de su mutua compañía.
Esto nos llevaría probablemente a perder su custodia en el momento que se ponga en conocimiento de los tribunales por parte del progenitor que ha sido privado de la compañía de los menores. Al no regresar o poner a disposición los menores, se podría estar cometiendo un delito de secuestro parental (véase el reciente caso de Juana Rivas).
Sí, siempre que sea un país de la UE y se cumpla alguno de estos requisitos:
En caso de no ser en un país de la UE, dependerá de lo dispuesto en la ley del país donde vayas a divorciarte: si hay o no tratado, convenio bilateral entre países, etc.
Los divorcios, separaciones judiciales, etc., que sean dentro de la UE (excepto Dinamarca) serán reconocidos directamente en España sin procedimiento alguno.
Si se tratara de un país fuera de la UE, se hará el procedimiento que disponga su legislación.
En España el procedimiento para estos casos es el Exequátur.
Si somos residentes habituales o nacionales europeos, sí, siempre y cuando se cumpla uno de los siguientes requisitos:
Dependerá de la nacionalidad de los miembros de la pareja:
Si ambos tenían la misma nacionalidad en el momento de contraer matrimonio se aplica la ley de su país de origen. Es decir, si ambos son españoles, la española, si son ambos italianos la italiana.
Si fuera matrimonio mixto, por ejemplo, español-holandés, se podrá regir:
Sí, siempre que en el convenio que regula el divorcio, la sentencia contemple que podemos viajar al extranjero con nuestros hijos, o tengamos autorización del otro progenitor. Independientemente de quien tenga la custodia concedida.
De lo contrario, podemos incurrir en delito de secuestro (según la legislación del país del que provengamos), como le sucedió a Maria José Carrascosa, abogada y madre que viajó a España sin consentimiento de su ex marido, y tuvo que cumplir 8 años de prisión en EEUU.
Como los malos tratos se suceden en el país extranjero donde se reside, es aquél, sus tribunales y su justicia los competentes para dirimirlos.
Los tribunales de Violencia contra la Mujer españoles no tendrían competencia para juzgarlos. El derecho penal español establece que las denuncias deben cursarse en el lugar de comisión de los hechos.
No sin autorización. Se tendrá que pedir permiso al progenitor (maltratador), ya que, pese a estar condenado por malos tratos siguen siendo sus hijos. Si a éste le hubieran privado de la guarda y custodia y de la patria potestad, se tendrá que solicitar autorización al juez o tribunal competente que autorice la salida o traslado con los menores atendiendo a la situación y circunstancias concretas.
También te puede interesar: