Las familias numerosas no pagan por hacerse el DNI
Las familias numerosas no deben pagar por tramitar el DNI, te lo explicamos en el blog de ARAG.
Por familia numerosa entendemos la formada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos. Pero también se consideran otras situaciones familiares.
Adriana Hibernon | 12.09.2014
Por familia numerosa se entiende la que está integrada por uno o dos ascendientes legales con tres o más hijos, sean o no comunes.
Para que se reconozca y mantenga el derecho a ostentar la condición de familia numerosa, los hijos o hermanos deberán reunir una serie de condiciones:
Para acceder a las ayudas estatales, autonómicas o locales es imprescindible obtener el título oficial que te acredita como familia numerosa de categoría general (tres o cuatro hijos) o especial (cinco o más hijos). Será la comunidad autónoma de residencia del solicitante la competente para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, así como para la expedición y renovación del documento que acredita dicha condición y categoría.
También te puede interesar: