El recibo de saldo y finiquito es el documento que presenta la empresa al trabajador para su firma, a la extinción de su contrato. En este documento se hace constar que la relación laboral queda extinguida y aquellas cantidades pendientes de abono al trabajador. Estas cantidades son el salario del mes en curso, parte proporcional de las pagas extras, las vacaciones devengadas y no disfrutadas y, en el caso que corresponda, el importe de la indemnización.
¿Cómo se calcula el Finiquito?
Para el cálculo de estas cuantías hay que hacer lo siguiente:
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El salario del mes en curso se calcula multiplicando el salario bruto diario por el número de días del mes en curso. El salario bruto diario se obtiene dividiendo entre 30 días el salario bruto mensual.
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Respecto de la parte proporcional de pagas, es importante saber si el devengo de las pagas es semestral o anual. Una vez tengamos claro este dato, calcularemos la parte proporcional multiplicando el salario bruto diario por los días que hayamos devengado, es decir, los días trabajados después de cobrar la paga extra que estemos calculando. Si ya la cobramos de forma prorrateada en nuestra nómina, será el importe que nos aparezca en la nómina del mes en que nos extingan el contrato.
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En cuanto a las vacaciones, la regla general es que el trabajador tenga 30 días naturales de vacaciones, lo que equivale a 2,5 días por mes trabajado. Ha de saber los días que ha devengado y no ha disfrutado. Cada día de vacaciones equivale a un día de salario.
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Para el cálculo de la indemnización por despido, lo que primero tenemos que saber es nuestro salario bruto anual (incluidas todas las pagas extras), en el momento del despido. Esta cantidad la dividimos entre 365 días y obtendremos el salario bruto diario. Este importe lo multiplicamos por los días de indemnización que nos pueda corresponder (45,33 o 20 días) y a su vez, por el número de años que tengamos de antigüedad. Obtendremos una cantidad que no podrá superar los topes establecidos legalmente (42, 24 o 12 mensualidades).