o si lo prefieres te llamamos nosotros
¿Qué hay que tener en cuenta a la hora de tramitar la pensión de jubilación? ¿Puedo trabajar más allá de la edad ordinaria de jubilación?
Margarita Perez | 25.11.2025
Esta es una pregunta que muchas personas se hacen cuando se acerca la edad de la jubilación: ¿me conviene jubilarme o seguir trabajando? Has de tener en cuenta varios aspectos para tomar una decisión: conocer cuál es la edad legal requerida, cuántos años has de tener cotizados, el importe estimado de lo que vas a cobrar y, sobre todo, en tu futura calidad de vida.
La ley española ha ido cambiando para adaptarse a la nueva realidad. incrementando de forma paulatina hasta que llegue a los 67 años.
En nuestro país, en 2025 la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y 8 meses excepto si tenemos una cotización de 38 años y 3 meses o más, en cuyo caso nos podríamos jubilar a la edad de 65 años.
Por ejemplo: Juan ha trabajado durante 40 años y, en 2025, cumple 65 años. Como supera los 38 años y 3 meses de cotización, puede jubilarse a los 65 años sin esperar a los 66 años y 8 meses.
De no alcanzar la edad ordinaria, es posible acceder a una jubilación anticipada, pero debemos tener en cuenta que, en este caso, nos van a aplicar coeficientes reductores en la pensión. Podremos anticipar 2 años a nuestra edad ordinaria de jubilación si accedemos de forma voluntaria y 4 años si accedemos de forma involuntaria (después de un despido objetivo, despido colectivo o extinción del contrato por fuerza mayor, entre otras), pero no cuando la extinción del contrato es por causa disciplinaria.
Algunos ejemplos: María tiene 64 años y cumple con los requisitos de cotización. Decide jubilarse 2 años antes de la edad ordinaria (66 años y 8 meses), por lo que accede a la jubilación anticipada voluntaria. Sabe que a su pensión se le aplicará un coeficiente reductor.
Pedro tiene 62 años y ha sido despedido por un ERE (despido colectivo). Puede acceder a la jubilación anticipada 4 años antes de la edad ordinaria, es decir, a los 62 años y 8 meses, pero también se le aplicarán coeficientes reductores.
Carmen es despedida de forma disciplinaria a los 63 años. En este caso, no puede acceder a la jubilación anticipada por esta causa.
Además, hay incentivos para quien decide seguir trabajando más allá de su edad ordinaria de jubilación, y también excepciones para quienes tienen trabajos especialmente duros, penosos o peligrosos.
Debemos tener en cuenta que hemos de cubrir un periodo mínimo de cotización. Distinguiremos entre:
Pocos ciudadanos hacen un cálculo estimado de su pensión. En ARAG te recomendamos hacer números de cuánto cobrarás y si esta cantidad puede o no cubrir tus necesidades. Si tu salario es superior a la media, es probable que la pensión pública no alcance para cubrir el mismo nivel gastos.
Calcular el importe estimado de tu pensión es más sencillo de lo que parece si sigues unos pasos básicos.
Además, una vez hecho el cálculo de la pensión, verifica que no está por debajo de la cuantía mínima, que variará dependiendo de la edad del pensionista, de si tiene cónyuge a cargo o no o de si no tiene cónyuge. Tampoco puede estar por encima de la cuantía máxima, que para este año 2025 es de 3.267,60 euros por 14 pagas.
Una opción que muchos trabajadores se plantean es la jubilación demorada, es decir, seguir trabajando más allá de nuestra edad ordinaria para jubilarnos. Pero ¿en qué me beneficio?
Entonces, ¿qué puedo hacer? No hay una respuesta única, dependerá de la situación personal de cada uno, de la salud, de tus ingresos y de si alcanzas o no los requisitos para acceder o no a tu pensión cuando llegue la edad de jubilación ordinaria que te corresponda. Deberás estar informado y tomar la decisión que creas conveniente.
También te puede interesar: