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Muchas empresas que habían suspendido los contratos de trabajo de sus empleados practicando un ERTE ya han retomado su actividad. Sin embargo, hay otras que se han visto obligadas a prolongar por más tiempo el cierre temporal de sus negocios.

Dadas las circunstancias que estamos viviendo a raíz de la pandemia, y acercándonos ya a la Navidad, nos planteamos la siguiente duda: ¿Tienen los trabajadores en ERTE derecho a que su empresa les entregue la tradicional cesta de Navidad?

El lote de Navidad como derecho

Hemos de partir de la base que, en circunstancias normales, la entrega de la cesta de Navidad puede considerarse como un derecho consolidado. Esto significa que el percibirla debe entenderse como una mejora reconocida al trabajador, siempre que pruebe que la venía percibiendo de forma habitual año tras año. Por lo tanto, se entiende que es un derecho ya reconocido a los trabajadores y, ciertamente, será difícil poder eliminarlo.

¿Se puede reclamar la cesta si se elimina?

Si la empresa decide no regalar el lote navideño, cabría la posibilidad de que el trabajador lo demandara. En este caso, la viabilidad de su reclamación dependerá de si tal obsequio se efectuaba de forma permanente y continuada en el tiempo.

Lo que dice la Ley

De hecho, ya hay sentencias en las que se reconoce el derecho a la cesta de Navidad de los trabajadores de una empresa, siempre y cuando se demuestre que la recepción de esta es una mejora que el trabajador ha tenido, bien por tenerla pactada por escrito o porque la empresa la otorgaba de forma unilateral y estable, reiterada y permanente, mejorando así las condiciones laborales de sus empleados.

El caso de los trabajadores en ERTE

Nuestro Estatuto de los Trabajadores establece que el ERTE exonera al trabajador de desempeñar sus funciones para la empresa y a la empresa le exime de remunerarlo. Como la cesta de Navidad no se considera salario, sino más bien una mejora social, aquellos trabajadores que están actualmente en ERTE, pese a dejar de prestar servicios en la empresa y estar en situación de desempleo, cobrando su paro, no tienen por qué dejar de percibir la famosa cesta de Navidad.

Además, cuando un trabajador está en ERTE no se ha desvinculado de su empresa, es decir, no se ha extinguido definitivamente su contrato laboral, sino que únicamente está suspendido de forma temporal.

Excepciones

No obstante, y pese a que los trabajadores mantengan su derecho a que se les entregue su cesta de Navidad estando en un ERTE, también podrían existir excepciones en las que estuviera más que justificado por parte del empresario la no entrega de la misma. De hecho, es muy probable que a nuestros Juzgados de los Social lleguen este tipo de demandas. Cabe decir, en este sentido que, la actual situación de excepcionalidad que estamos viviendo es nueva para todos y habrá que estar a la espera de los pronunciamientos de nuestros jueces.


Lo que está claro es que podría darse la circunstancia de que algunas empresas se vean obligadas a retirar la cesta de Navidad. De hacerlo, deberán justificar muy bien ante el Juzgado competente que las circunstancias económicas actuales las ha llevado a tomar esa medida, es decir que su decisión no es baladí y, por lo tanto, que la modificación de los contratos de trabajo realizada ha sido proporcional a la contabilidad y situación económica empresarial.