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Los inicios de año siempre vienen marcados por la cuesta de enero, pero este 2025 arranca con novedades fiscales que afectan tanto a particulares como a autónomos y empresas. En el siguiente artículo explicamos nuevos impuestos, ajustes en el IRPF, modificaciones en el IVA y más.

1.- Nuevos Impuestos

Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos

A partir de enero de 2025, se aplicará un impuesto específico para los líquidos utilizados en los cigarrillos electrónicos, así como para las bolsas de nicotina y productos similares.

Este impuesto se aplicará de la siguiente manera:

  • Las tarifas variarán entre 0,10 y 0,20 euros por mililitro o gramo, dependiendo de la concentración de nicotina en el producto. Los productos con mayor concentración de nicotina estarán sujetos a una tarifa más alta.
  • El objetivo de este impuesto es desincentivar el uso de cigarrillos electrónicos, especialmente entre los jóvenes, y equiparar la carga fiscal de estos productos con la de los productos de tabaco tradicionales.
  • Los ingresos generados por este impuesto se destinarán a financiar programas de salud pública y campañas de prevención del tabaquismo.

Este nuevo impuesto forma parte de un conjunto más amplio de medidas fiscales destinadas a mejorar la salud pública y reducir el consumo de productos nocivos. Es importante que los consumidores y las empresas del sector estén al tanto de estos cambios para poder adaptarse adecuadamente.

Impuesto sobre el Margen de Intereses y Comisiones de Entidades Financieras

Este nuevo impuesto tiene el objetivo claro de gravar el margen positivo de intereses y comisiones generados por las entidades de crédito y sus sucursales en España. La intención es aumentar la contribución fiscal de las entidades financieras, que han sido objeto de críticas por su rentabilidad en comparación con otros sectores.

El impuesto se aplicará de forma progresiva, con tipos impositivos que variarán del 1% al 6% y es de esperar que los consumidores puedan notar un impacto en el aumento de comisiones o de intereses en los prestamos o créditos para compensar el margen de beneficios de las entidades financieras.

2.- Ajustes en el IRPF

A partir del 1 de enero, se incrementa la tributación de las rentas del ahorro del 28% al 30% para importes superiores a 300.000 euros. Esta medida afecta no solo a los rendimientos de carácter financiero, sino también a cualquier ganancia patrimonial por la venta de activos y derechos de los contribuyentes como acciones, inmuebles…

3.- Cambios en el Impuesto sobre Sociedades

Límites para Grandes Empresas

Se reintroducen límites en la compensación de bases imponibles negativas (BINs), estableciendo topes del 50% para empresas con ingresos entre 20 y 60 millones de euros, y del 25% para aquellas que superen los 60 millones.

Reserva de Capitalización

Se modula la reducción en la base imponible según el incremento de la plantilla, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2025.

Además, se incrementa el porcentaje de reducción de la reserva de capitalización del 15% al 20%.

4.- Modificaciones en el IVA para alquileres turísticos

Se prevén cambios importantes en el IVA aplicable a los alquileres de corta duración (alquileres turísticos). Aunque los detalles exactos aún están en proceso de aprobación, se planea que tributen de manera similar a los hoteles, especialmente en zonas con escasez de vivienda. Recordemos que en estos momentos el alquiler de viviendas está exento de IVA.

5.- Medidas Antifraude

  • Facturación Electrónica Obligatoria

    Todos los programas de facturación deberán cumplir con requisitos técnicos específicos, como la generación de registros en formato XML y la implementación de algoritmos de hash (SHA-256) para asegurar la integridad de los datos.
  • Registro de Eventos

    Los sistemas de facturación deberán generar un registro resumen de todos los eventos desde el inicio de su funcionamiento, garantizando la trazabilidad completa de las transacciones.
  • Certificación de Software

    Los programas de contabilidad y facturación deberán estar homologados por la Agencia Tributaria, asegurando que no se puedan realizar modificaciones sin dejar rastro.
  • Envío Automático a Hacienda

    Las facturas deberán enviarse automáticamente a la Agencia Tributaria, facilitando el acceso y la supervisión por parte de las autoridades fiscales.

Estas medidas buscan prevenir el uso de software de doble uso y asegurar que todas las transacciones financieras sean transparentes y rastreables.