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Maria Esther González Garrido | 26.09.2016
¿Olvidaste presentar la Renta? Las consecuencias variarán según si eres tú quién regulariza la situación voluntariamente o es Hacienda quién te advierte.
Cuando un contribuyente ha olvidado presentar la Renta, se pueden producir una serie de consecuencias que variarán en función de si es el contribuyente quién regulariza su situación de forma voluntaria o, por el contrario, es Hacienda quién advierte la falta de presentación y de pago.
En caso de que el contribuyente se dé cuenta del olvido antes de que Hacienda le envíe cualquier tipo de comunicación y corrija esta situación procediendo a presentar y pagar la autoliquidación o declaración, deberá hacer frente al pago de un recargo que variará en función del tiempo que haya transcurrido desde la fecha de finalización del plazo voluntario de presentación:
*La aplicación de este recargo excluye cualquier tipo de sanción
¿Qué ocurre si la declaración de la renta tiene como resultado una devolución? Como no es posible aplicar ningún tipo de recargo, puesto que no hay perjuicio económico para Hacienda, la Ley prevé la aplicación de una multa fija de 200 euros que se verá reducida en el 50%.
Estas multas pecuniarias no siempre se imponen, sino que dependerá de la Delegación de Hacienda que las tramite.
Por el contrario, en caso de que sea Hacienda quién inicie un procedimiento por el que reclame al contribuyente la presentación y pago de la declaración de la renta, se tendrá que hacer frente al pago del recargo del periodo ejecutivo y de una sanción.
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