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¿Eres propietario de una vivienda alquilada? Conoce lo que te puedes deducir en la renta: suministros, intereses, seguros, reparaciones...
Maria Esther González Garrido | 24.04.2018
¿Eres propietario de una vivienda o local que alquilas? Si es así, seguro que te interesará saber todo lo que te puedes deducir en la declaración de la renta: suministros, intereses, seguros, reparaciones...
Si eres el dueño de un bien inmueble alquilado, debes tener en cuenta que tendrás que incluir en tu declaración de la renta los ingresos que hayas pactado con el inquilino a lo largo de un ejercicio fiscal (desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre).
A estos ingresos por alquiler, vamos a poder restar una serie de gastos que forman parte de la Ley del IRPF, aunque permite que se puedan justificar otros gastos necesarios para la obtención de alquileres. Los principales gastos a tener en cuenta son:
Una vez calculado el beneficio del alquiler (el rendimiento neto), si alquilas una vivienda a una persona que vaya a usarlo como su vivienda habitual te podrás reducir un porcentaje en función de si cumples determinados requisitos y el momento de celebración del contrato de arrendamiento:
Recuerda que los alquileres de bienes inmuebles tributan en la base general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en la tabla progresiva, así que a mayor ingreso, mayor tributación.
Si eres inquilino, deberás revisar la posibilidad de aplicarte las deducciones por alquiler autonómicas, pero comprueba que cumples todos los requisitos.
A nivel estatal existía una deducción por alquiler que fue derogada, pero si tu contrato de alquiler es anterior al 31 de diciembre de 2014, podrías continuar aplicándola.
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