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Los seguros de Defensa Jurídica de ARAG tienen muchas modalidades y ofrece protección legal tanto de forma individual como de forma colectiva a familias, empresas o comunidades de propietarios. En esta ocasión, te explicamos qué cubre nuestro seguro de Defensa Jurídica Personal.

¿Qué es un seguro de Defensa Jurídica personal?

Un seguro de Defensa Jurídica Personal es un tipo de póliza que te da respaldo ante situaciones legales cotidianas. Este seguro te ofrece asesoría y protección en distintos ámbitos, como conflictos laborales, temas familiares, reclamaciones como persona consumidora y cualquier consulta jurídica.

Si llegas a necesitar representación en un juicio, contarás con el apoyo de un abogado sin costes adicionales.

Además, tendrás acceso a asesoría jurídica telefónica ilimitada para resolver todas tus dudas legales de forma sencilla y rápida.

¿Qué cubre un seguro de Defensa Jurídica personal?

Estas son algunas de las coberturas que tiene nuestro seguro de Defensa Jurídica personal.

Asistencia Jurídica Telefónica

Nuestros abogados y abogadas están disponibles para resolver cualquier duda legal, sin límite de consultas.

Defensa como consumidor

ARAG te asesorará y reclamará en el caso que hayas comprado algo y no hayas quedado satisfecho.

Defensa en cuestiones del ámbito laboral

Si tienes problemas en tu trabajo, puedes contar con ARAG para reclamar todo aquello que no sea legal.

Defensa en lo relativo a la vivienda

Si necesitas ayuda legal para problemas con los vecinos, la comunidad o con tu seguro del hogar, ¡llámanos!

Redacción y revisión de contratos

Si necesitas redactar o revisar un documento legal, puedes contar con ARAG.

¿Qué exclusiones tiene el seguro de Defensa Jurídica personal?

Para saber las exclusiones, siempre es mejor consultar el Condicionado General, donde se explicará una por una. Pero, en general, hay que tener en cuenta dos cuestiones:

  • Preexistencias.

    Normalmente, todo aquello que haya pasado antes de contratar el seguro no quedará cubierto. Y es que un seguro es, en realidad, una forma de prevención.
  • Plazo de carencia.

    Es el tiempo que ha de transcurrir entre el alta del seguro y la posibilidad de solicitar la utilización de algunas de las prestaciones que ofrece el seguro. En nuestras pólizas, normalmente es de 3 meses.

Ahora que ya sabes qué puede hacer por ti este seguro, ¿a qué estas esperando para contratarlo?

 

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