Ir al contenido Ir al buscador Ir a la página de contacto Ir al mapa web

Como consumidores tenemos el derecho de devolver cualquier producto que hayamos comprado, siempre y cuando el establecimiento y la normativa lo permitan. El Real Decreto de 1/2007 de 16 de noviembre, de la Ley de Consumidores y Usuarios habla en su Artículo 116 sobre la conformidad de los productos con el contrato. El consumidor puede devolver el artículo cuando no se ajusta al modelo, tipo, color u otros atributos solicitados.
Por ello, los comercios deben facilitar la información exacta y veraz en la oferta, promoción, publicidad o en el propio contrato de compraventa acerca de las condiciones que rigen entre las partes y, en casos de devolución, deben informar a los clientes de la obligatoriedad de conservar íntegramente los embalajes, paquetes, envoltorios, plazos para su posterior devolución, así como, si el establecimiento ofrece la posibilidad de entregar un vale canjeable por el importe del precio pagado, si se devolverá el dinero en efectivo, etc.
En el caso de compraventas realizadas fuera de eun stablecimiento comercial, la ley dice que el consumidor podrá desistir de la compraventa en un plazo de siete días.
Es importante, antes de adquirir cualquier bien de consumo, informarse detalladamente de las condiciones y el régimen de devoluciones que aplica cada establecimiento para saber si se aceptan devoluciones de mercancías sin envoltorio, abiertas o no, así como el régimen que afecta a los consumidores. Se entenderá que los productos son conformes con el contrato siempre que cumplan con los requisitos:

Requisitos

  • Que el producto se ajuste a la descripción realizada por el vendedor y que tenga las cualidades descritas por éste y haya presentado al consumidor una muestra o modelo.
  • Que sea apto para el uso al que se destine el producto.
  • Que presente la calidad y prestaciones habituales igual que la muestra enseñada en el establecimiento, teniendo en cuenta la naturaleza del producto y en su caso, las declaraciones públicas sobre las características concretas de los productos hechos por el vendedor o el productor en particular en su publicidad o etiquetado de los productos.

Además, es importante tener en cuenta si el establecimiento publicita que si no queda conforme con su compra, le pueden devolver el dinero. En estos casos, la publicidad obliga y vincula a la parte vendedora a cumplir con lo que publicita en su slogan.

 

También te puede interesar:

Seguro de Defensa Jurídica para la familia

Deja los problemas legales en manos de tu abogado y disfruta de tu familia con total tranquilidad.

Los portales de compra y venta por internet

En ARAG te contamos los requisitos y los consejos para comprar y vender por internet.

La Ley de Cookies

Te explicamos que es la Ley de Cookies y como se aplica.