6 multas de tráfico poco conocidas a tener en cuenta
Todos conocemos las multas de tráfico por velocidad, semáforos o conducir usando el móvil. Sin embargo, hay otras desconocidas que debemos tener en cuenta.
Conducir bajo los efectos puede salir muy caro. Te explicamos cuáles son las tasas máximas permitidas y las sanciones que conlleva sobrepasarlas.
Jordi Mari | 29.08.2017
Conducir bajo los efectos del alcohol puede salir muy caro. Te explicamos cuáles son las tasas máximas permitidas y las sanciones que conlleva sobrepasarlas.
El Reglamento General de Circulación establece que no se puede circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro o de alcohol en aire superior a 0,25 miligramos por litro.
Pese a ello, la tasa aplicable en un control de alcoholemia dependerá tanto del tipo de vehículo como de los años de experiencia del conductor. Existen estas dos excepciones:
1) Según el tipo de vehículo:
La tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por litro, o de alcohol en aire superior a 0,15 miligramos por litro se aplicará a…
2) Según la experiencia del conductor:
Los conductores con menos de dos años de experiencia en el permiso de conducción también tienen limitada la tasa de alcohol en sangre a 0,3 gramos por litro y de alcohol en aire a 0,15 miligramos por litro.
El importe de la sanción y la retirada de puntos dependerán de la tasa que se dé en el control de alcoholemia.
Cabe recordar que estas multas gozan de un 50% de bonificación en caso de pronto pago.
Tasa superior a 0,60 miligramos: delito contra la seguridad Vial
Por último decir que si el conductor circula bajo la influencia del alcohol o con una tasa de alcohol en aire superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, la infracción pasaría a calificarse como delito por el Código Penal y, en lugar de una multa, tendríamos un juicio por ser responsables de un presunto delito contra la seguridad vial.
En este caso las consecuencias son más graves. Se prevé pena de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. Además, en cualquier caso, se privaría al infractor de conducir vehículos a motor entre uno y cuatro años.