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El próximo martes 22 de diciembre se celebra el sorteo de la Lotería de Navidad, uno de los días más señalados de estas fechas. En 2020 sube el importe que se repartirá, alcanzando los 2.408 millones de euros y, además, los premios inferiores a 40.000 euros no tendrán ningún tipo de retención.

La abogada de ARAG, Melisa Sáez, explica esta novedad: “los premios que no superen los 40.000 euros no tributarán a Hacienda y los que superen esta cantidad verán retenido el 20% del exceso”. Este mínimo ha ido subiendo progresivamente, desde los 10.000 euros del 2018, pasando a los 20.000 el 2019 y alcanzando el nuevo límite este año. Esto se traduce en que solo el gordo y los premios segundo y tercero mantienen la obligación de tributar, pues son los únicos que superan la cantidad de 40.000 euros de premio.

Por ejemplo, si tuviésemos la suerte de ganar un décimo del gordo (400.000 euros), se tributaría solo por 360.000 euros, sobre los que se gravaría el 20%. De esta forma, el ganador se quedaría con 328.000 euros y el resto, 72.000 euros, los captaría Hacienda. Pero si ganamos el cuarto premio, valorado en 20.000 euros, la persona agraciada se llevaría el importe íntegro. Sáez indica que la tributación no es acumulable. “Esto significa que, si una misma persona gana cinco premios de 10.000 euros cada décimo, todos ellos estarán libres de impuestos”. Esta retención la sustrae de forma automática Loterías y Apuestas del Estado, por lo que el ganador recibirá el importe con el impuesto descontado.

Consejos legales sobre la Lotería:
  • Compra online de décimos:

    Este año se espera que la compra online de décimos aumente con respecto a años anteriores, debido a las restricciones impuestas para combatir la pandemia de la COVID-19. En este sentido, se recomienda asegurarse de que la web sea segura y que conste un nombre o razón social, NIF o CIF del titular, dirección completa, número de teléfono y correo electrónico donde nos podamos dirigir. Una vez finalizada la compra es aconsejable guardar los emails de confirmación y capturas de pantalla.
  • Décimo compartido en un grupo de Whatsapp:

    Si compartimos un número por WhatsApp o similares, es recomendable identificar a todos los miembros del grupo del chat y que aparezca el nombre y apellidos de la persona depositaria, la cual debe hacer una captura del número a la perfección (con el número de serie, la fracción, código, etc). Además, es importante que se indique la cantidad de dinero o porcentaje que ha aportado cada persona del grupo por la compra de dicho décimo.
  • Caducidad de los premios:

    Hay un máximo de tres meses, desde el día siguiente a la fecha del sorteo, para reclamar el cobro.
  • Cómo cobrar el décimo:

    Si el premio es inferior a 2.000 euros, se pueden cobrar en una Administración de lotería, pero para importes iguales o superiores se tiene que acudir a entidades financieras que tengan un concierto con Loterías y Apuestas del Estado.
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678 915 308

 

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