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11/12/2025

La Lotería de Navidad celebra el 22 diciembre su sorteo extraordinario número 214 con 198 millones de décimos a la venta. Entre todos los participantes, únicamente un reducido grupo resultará agraciado, especialmente en lo que respecta a los premios más altos. Pero ¿qué ocurre cuando el ganador fallece? “Cuando una persona fallece, el premio pasará a sus herederos legales”, explica Melisa Sáez, abogada de la compañía de Defensa Jurídica, ARAG.

En el caso de que el boleto premiado estuviese depositado en una Administración de Lotería, los herederos tendrán que acreditar su derecho y que tienen el título de heredero a través de la escritura de aceptación de herencia. “Además, deberán tributar por el impuesto de sucesiones”, aclara Sáez.

El impuesto de sucesiones se calcularía en base a la llamada “masa hereditaria”. Es decir, el premio se suma al resto de bienes que se heredan. Si el heredero o heredera son hijos o cónyuge, tendrán una reducción de 100.000 euros. Sobre el resto se aplicará un porcentaje, que será mayor cuanto más se herede.

¿Cómo tributa el premio en caso de querer donárselo a un hijo o hija?
En el caso de querer donar en vida el premio a un hijo o hija, la abogada de ARAG explica que existiría una doble tributación:

• IRPF. Es la retención del 20% habitual al recibir un premio a partir de 40.000 euros.

• Impuesto de Donaciones. Los impuestos de donaciones varían considerablemente según la Comunidad Autónoma. Dependiendo del territorio, la fiscalidad puede ir desde la exención o bonificaciones muy elevadas en determinadas regiones, hasta la aplicación de tipos impositivos significativos en otras. Por ello, es fundamental consultar la normativa autonómica correspondiente para conocer el tratamiento fiscal concreto aplicable a cada caso.

De todas formas, Melisa Sáez expone una solución más habitual y práctica: “si hay una intención clara de donar el premio a un hijo o hija, el propietario del décimo premiado puede entregárselo antes de cobrarlo para evitar esta doble tributación”.

Cuánto se queda Hacienda del premio
Como hemos explicado, hasta los 40.000€ los premios no tributan y no tienen impuestos, por lo que recibiremos el importe íntegro. “A efectos prácticos, esto significa que solo mantienen la obligación de tributar por la diferencia el Gordo, el segundo y el tercer premio”, indica Melisa Sáez. A partir de estos 40.000€, hay una retención automática del 20% en el momento del cobro, por lo que en la próxima Declaración de la Renta no es necesario añadir nada.

Por ejemplo, en el Gordo de Navidad, premiado con 400.000€ el décimo, se tributará por 360.000: el premiado se quedará con 328.000€ y Hacienda con 72.000€. En el segundo premio, que es de 125.000€, el agraciado se quedará con 108.000€; mientras que en el tercer premio (de 50.000€), el premiado recibirá 48.000€ y 2.000€ serán para Hacienda.

Personas hacen cola ante un administración de lotería
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