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¿Debe tener la piscina comunitaria socorrista? ¿Qué normas hay que seguir? ¡Sigue leyendo para averiguarlo?
Melissa Saez | 08.07.2025
Empezamos la temporada de verano y ¿a quién no le apetece pegarse un chapuzón en una piscina para refrescarse? Pero cuidado, ¿los responsables de la instalación están cumpliendo con la normativa técnico-sanitaria? ¿Debe haber socorrista que vigile a los usuarios siempre? En general, es necesario tener algunos conocimientos sobre el uso de piscinas. A continuación, ofrecemos algunos consejos.
En España, la normativa técnico-sanitaria para piscinas en 2025 refuerza las exigencias para garantizar la calidad del agua y la seguridad de los usuarios, especialmente en piscinas de comunidades de propietarios.
Entre las principales obligaciones se incluyen:
Debemos asegurarnos de que las instalaciones cumplen con las medidas de seguridad que establece el Código Técnico de la Edificación. Esta normativa ofrece toda la información de carácter técnico sobre las piscinas comunitarias que en el caso de encontrarnos con alguna duda nos pueden ayudar a obtener la información detallada.
En España, no existe una normativa estatal única que regule la obligación de contar con socorristas en piscinas. Esta competencia está delegada a las Comunidades Autónomas, y cada una establece sus propios criterios en función del tipo de piscina, su tamaño, aforo y uso.
En ocasiones incluso los propios ayuntamientos pueden regular estos temas en sus propias ordenanzas municipales.
En Cataluña, Baleares, Castilla y León y Murcia, las piscinas comunitarias no se consideran públicas, por lo que no están obligadas a tener socorrista, salvo que superen ciertos umbrales de tamaño o aforo.
En Madrid sería obligatorio contar con socorrista si la comunidad tiene más de 30 viviendas.
En la Comunidad Valenciana la obligación se activa si el recinto tiene más de 100 viviendas o un aforo superior a 100 personas.
En Andalucía, se requiere 1 socorrista por vaso si la lámina de agua supera los 200 m.
En Galicia, Cantabria, País Vasco y Navarra se exige socorrista en comunidades de vecinos con más de 20 viviendas.
Canarias exige al menos 1 socorrista, salvo en piscinas de uso residencial o alojamientos turísticos con menos de 40 unidades.
En Aragón y Asturias la obligación depende del aforo, profundidad y elementos recreativos (como toboganes).
También cabe darle la importancia que se merece a las normas internas de la comunidad de propietarios donde se incluirán aspectos tan importantes como:
Siguiendo todas estas normas, nos aseguraremos de pasar un rato relajado y fresco sin peligros ni malentendidos. ¡Feliz verano!
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