Ir al contenido Ir al buscador Ir a la página de contacto Ir al mapa web

El mobbing inmobiliario es el acoso que pueden llegar a sufrir algunos inquilinos con el objetivo de que abandonen la vivienda y terminen el contrato de alquiler en contra de su voluntad.

Estas situaciones se suelen dar en contratos de alquiler de renta antigua en situación de prórroga forzosa (indefinidos) o cuando los inquilinos son personas mayores con alquileres bajos. En estas situaciones, al propietario le puede interesar disponer de la vivienda para sacarle una mayor rentabilidad.

Cada caso es diferente y las situaciones a las que se somete al inquilino variadas.

Ejemplos de acoso inmobiliario

Algunos ejemplos incluyen actuaciones tales como:

  • Cortar los suministros de luz, agua, gas, etc.
  • Permitir que otros pisos o zonas comunes del inmueble sean ocupados por personas marginales o conflictivas.
  • No efectuar ninguna reparación en la vivienda por muy necesaria que pueda ser para que el deterioro provoque el cansancio de los arrendatarios, incluso buscando la ruina del edificio.
  • Causar daños intencionados en la vivienda como inundaciones, corte de la antena colectiva de tv, averías de los porteros automáticos, daños en los buzones, etc.
  • Provocar problemas de salubridad en la vivienda (por ejemplo, plagas por la acumulación de basura en zonas comunes).

Para que se considere mobbing, deben acumularse varias actuaciones y reiterarse sistemáticamente.

Lo más complicado de estos casos es demostrar quién ha sido el autor de cada una de los actos que se hayan ido produciendo. En otras palabras, hay que demostrar que ha sido el propietario el que ha hecho personalmente o contratado a otros estas actuaciones.

Por eso, es conveniente que los inquilinos afectados realicen varias acciones ante estas situaciones:

  1. Lo primero que deben hacer es enviar un burofax (o cualquier otro tipo de aviso) al arrendador, informándole de los hechos y pidiéndole que la vivienda tenga las condiciones adecuadas para habitarla. Es importante este paso de cara a la prueba posterior en un posible juicio y para evitar que el propietario alegue que desconocía lo qué estaba ocurriendo en la vivienda o en el edificio.
  2. Si la situación no se corrige se debe presentar una denuncia de los hechos por coacciones (dado que no hay un delito de mobbing inmobiliario como tal). Aquí, serán los tribunales los que decidirán si lo consideran como delito o como falta, así como la condena que le imponen al presunto autor.

Finalmente, y teniendo en cuenta la dificultad de estos procesos, se recomienda contactar con un abogado especialista para ir recogiendo las pruebas de todo lo que va ocurriendo, como pueden ser:

  • Tomar los datos de los testigos.
  • Levantar acta notarial en la que se certifique que determinado reportaje fotográfico coincide con lo que realmente ocurre y se ve en un momento determinado.
  • Efectuar peritajes de los daños o desperfectos.

Estas precauciones tienen como objetivo que luego el procedimiento tenga mayores posibilidades de éxito.

 

También te puede interesar:

Qué hacer ante el acoso inmobiliario

En ARAG te mostramos que puedes hacer ante el acoso inmobiliario.

ARAG Inquilino

El seguro de hogar para inquilinos protege los derechos e intereses del inquilino y su contrato de alquiler de vivienda habitual.