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¿Imaginas que invitas a pasar unos días en casa a un amigo y no se quiere ir? Aunque no lo parezca esta situación puede acarrear consecuencias jurídicas.
M. Carmen Mohedas | 30.01.2017
¿Te imaginas que invitas a pasar unos días en casa a un amigo y no se quiere marchar? Aunque de entrada no lo parezca, esta situación puede acarrear graves consecuencias desde el punto de vista jurídico.
En principio, permitir que un amigo pase unos días en nuestra vivienda no parece que plantee ningún problema. Pero, ¿qué ocurre si, ante una mala convivencia, decidimos que esa persona, que ha establecido allí su domicilio, se marche de casa y no lo hace?
Ante esta situación no podemos cambiar la cerradura de la vivienda, puesto que la persona que ha establecido su domicilio en nuestra vivienda nos podría denunciar por un delito de coacciones. Según el artículo 172 del Código Penal “El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados”.
Lo primero que podríamos hacer es presentar una denuncia en comisaría o en el Juzgado de Guardia. Pese a ello, esta vía no va a prosperar si la denunciada acredita que nuestro “okupa” vive en nuestro domicilio, de tal manera que no vamos a conseguir que se le desaloje o se le impida seguir accediendo a la vivienda.
Por lo tanto, lo que se deberá iniciar es un procedimiento en la Jurisdicción Civil, presentando una demanda de desahucio por precario para recuperar la posesión.
Para iniciar este procedimiento hay que presentar una demanda de juicio verbal en el Juzgado Decano de Primera Instancia correspondiente al partido judicial dónde esté situada la finca, siendo necesaria la intervención de un abogado y de un procurador.
Hay que tener en cuenta que este procedimiento puede durar entre seis meses y un año, dependiendo del juzgado y, hasta entonces, no podremos desalojar a esa persona.