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Si quieres contratar un empleado o empleada del hogar o tú mismo desempeñas este trabajo, es importante que conozcas los trámites, costes, derechos y obligaciones que conlleva. ¡Te damos las 10 claves a continuación!

1. ¿Necesito un contrato?

Es necesario que los empleados del hogar tengan un contrato por escrito firmado, siempre que los servicios vayan a durar más de cuatro semanas.

2. Darse de alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar

El empleado del hogar, con independencia del número de horas que esté trabajando en casa, debe estar dado de alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar de la Seguridad Social. A pesar de que el empleador es el responsable de solicitar esta alta, existe la posibilidad que sea el propio trabajador quien lo tramite. Esto sólo será posible si se pacta en el contrato y siempre que trabaje menos de 60 horas mensuales.

3. Salario Mínimo Interprofesional

En cuanto al sueldo a pagar con el trabajador, se ha de garantizar como mínimo el Salario Mínimo Interprofesional. Por ejemplo, 40 horas semanales, el Salario Mínimo Interprofesional fijado para el año 2020 es de 950 euros en 14 pagas. Por lo tanto, si el empleado del hogar trabaja menos horas, se debería prorratear esta cifra por el número de horas que dure la jornada y pagar, como mínimo, la parte proporcional.

4. Disfrute de vacaciones

El trabajador del hogar tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones, de los que al menos 15 días deben ser disfrutados seguidamente.

5. Pagas extraordinarias

El empleado del hogar tiene derecho a cobrar dos pagas extras al año, cuya suma dependerá de lo que se haya acordado en el contrato. No obstante, las pagas extraordinarias pueden también abonarse de forma prorrateada y repartidas en cada mensualidad.

6. Baja médica

Si el trabajador se pone enfermo y le dan la baja médica, el empleador debe seguir pagando las cotizaciones. Su baja no empezará a cobrarla hasta el cuarto día (los tres primeros días no cobrará su prestación). Del cuarto día de la baja hasta el octavo día incluido, será el empleador quién pagará la prestación por incapacidad temporal y a partir del noveno día de la baja ya será la Seguridad Social quien se haga cargo.

7. Accidente laboral

Sin embargo, si la baja del empleado del hogar es a consecuencia de un accidente laboral o una enfermedad profesional, el trabajador empezará a cobrar su prestación por incapacidad temporal por parte de la Seguridad Social o la Mutua desde el día siguiente al de la baja.

8. ¿Tienen derecho a paro los empleados del hogar?

Los empleados del hogar no tienen derecho a paro, ya que las cuotas que se pagan a la Seguridad Social en este régimen no cotizan por desempleo. Sin embargo, sí que se cotiza para cubrir la asistencia sanitaria, bien sea por enfermedad o accidente, maternidad y jubilación.

9. Despido improcedente

Si se despide a un empleado del hogar sin causa justa, nos encontraríamos ante un despido improcedente. En este caso, el trabajador tendrá derecho a reclamar una indemnización económica de 20 días de salario por año de servicio, con un límite de 12 mensualidades.

10. Desistimiento del contrato

También cabe la posibilidad que el empleador desista del contrato con su empleado del hogar, poniendo fin a la relación laboral y sin la necesidad de justificar el motivo. Para que esto sea factible, es esencial que el empleador lo comunique a su trabajador por escrito, preavisándole con 20 días de antelación si lleva trabajando más de 1 año, o con 7 días de antelación si lleva menos de un año.

En este caso, también se debe dar un permiso retribuido de 6 horas a la semana para que el empleado busque otro trabajo y debe pagarle una indemnización de 12 días de salario por año trabajado. No obstante, si el contrato de trabajo fuera anterior al 01 de enero de 2012, la indemnización será de 7 días de salario por año trabajado. En ambos casos, existe un límite de indemnización que será de 6 mensualidades.

¡Esperamos haberte ayudado a despejar tus dudas acerca de tus derechos y obligaciones, tanto si eres empleador como empleado o empleada del hogar!