Coronavirus: Guía de teletrabajo para empresas y empleados
Con el teletrabajo impuesto por el coronavirus han surgido muchas dudas. Resolvemos las 9 más frecuentes.
Explicamos al detalle la nueva normativa sobre teletrabajo que aprobó el Gobierno el pasado 22 de septiembre.
Sonia Sanchez | 17.11.2020
Tras el acuerdo del Gobierno con los agentes sociales, se aprobó en septiembre la normativa que regula el trabajo a distancia a través del Real Decreto Ley 28/2020 de 22 de septiembre, cuya entrada en vigor se produjo en fecha 13 de octubre. España no tenía una regulación específica sobre este tema que se ajustase a las nuevas necesidades. La pandemia de la COVID-19 nos ha colocado en un nuevo escenario que hace necesaria una normativa específica que lo regule y que defina y garantice los derechos y obligaciones de las partes.
Vamos a explicar algunos de los puntos más importantes de esta normativa:
De entrada, la normativa nos define tres conceptos:
Para que se considere que una persona trabaja a distancia de manera regular, se deben cumplir los siguientes puntos:
Esta nueva normativa no se aplicará al teletrabajo implantado de forma excepcional por la situación derivada del COVID-19 y de las medidas de contención sanitaria adoptadas en estas circunstancias. Estas situaciones se regirán por la normativa laboral ordinaria que ya teníamos. Las empresas en esta situación provisional sí deberán proporcionar a los trabajadores los medios, equipos y herramientas para su desarrollo.
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