¿Cómo cobrar el paro bajo una excedencia voluntaria?

El trabajador que se encuentra en situación de excedencia voluntaria compaginándola con otro empleo en una segunda empresa, tendrá derecho al paro si se encuentra en situación legal de desempleo y reúne el tiempo de cotización suficiente.

Dado que la excedencia se solicita por un tiempo determinado (el mínimo es de cuatro meses y el máximo de cinco años), el trabajador debe fijar claramente y por escrito la fecha de inicio y de fin de la excedencia.

Si el trabajador empieza a cobrar su prestación por desempleo y finaliza el periodo de excedencia concedido, deberá reincorporarse obligatoriamente a su puesto de trabajo, solicitando su reingreso. No obstante, podrá continuar percibiendo la prestación, siempre y cuando el trabajador demuestre al Servicio Público de Empleo que ha solicitado su reingreso y la empresa lo ha rechazado por no haber vacantes.

En caso de excedencia por cuidado de hijo no se tendrá derecho al paro, dado que el trabajador tiene un derecho de reserva del puesto de trabajo anterior.

 

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