¿Qué es el ciberacoso?
Actualizado 10/07/2026
Descubre qué conductas pueden considerarse ciberacoso, cómo las recoge el Código Penal y qué pasos seguir para denunciar este tipo de acoso digital.
En pocas palabras...
Internet y las redes sociales forman parte de nuestro día a día: nos comunicamos, trabajamos, compramos y compartimos información a través de medios digitales. Sin embargo, ese mismo entorno también puede convertirse en un espacio en el que una persona sufra hostigamiento, amenazas, contactos insistentes o ataques a su intimidad. Cuando estas conductas se repiten y alteran la vida cotidiana de la víctima, podemos estar ante un caso de acoso en el ámbito digital.
¿Existe el delito de ciberacoso en el Código Penal?
El Código Penal no recoge un delito llamado expresamente “ciberacoso”. Aun así, determinadas conductas realizadas por medios digitales sí pueden encajar en distintos delitos, especialmente cuando buscan molestar, intimidar, perseguir o condicionar la vida de otra persona de forma insistente.
En función de los hechos, el acoso digital puede relacionarse con:
- Delitos contra el honor, como injurias o calumnias.
- Amenazas.
- Delitos contra la intimidad.
- Uso indebido de datos personales.
- Conductas de acoso.
¿Cuándo puede considerarse acoso digital?
Para saber si una situación puede tener relevancia penal, no basta con que haya un mensaje desagradable o un contacto puntual. La clave está en que exista una conducta insistente y reiterada de hostigamiento, sin autorización legítima, y que esa conducta altere de forma relevante el desarrollo normal de la vida cotidiana de la víctima.
Por ejemplo, podrían ser indicios de acoso digital recibir mensajes constantes pese a haber pedido que cesen, sufrir intentos repetidos de contacto a través de diferentes canales, ver cómo se usan datos personales para perjudicar o recibir presiones que obligan a cambiar rutinas, cerrar perfiles en redes sociales o modificar el número de teléfono.
Los dos elementos básicos: reiteración y alteración de la vida cotidiana
En este tipo de situaciones hay dos ideas fundamentales.
- La reiteración: no suele ser suficiente un hecho aislado, sino que debe tratarse de una conducta repetida en el tiempo.
- El impacto en la víctima: esa insistencia debe provocar una alteración en sus hábitos, su tranquilidad o su forma de relacionarse.
Así, no hablamos únicamente de una molestia puntual, sino de comportamientos que pueden llevar a la persona afectada a evitar determinados espacios, dejar de usar redes sociales, cambiar sus datos de contacto o vivir con una sensación constante de vigilancia o presión.
Qué hacer si eres víctima de ciberacoso
Si estás sufriendo acoso a través de medios digitales, es importante no borrar las pruebas. Guarda capturas de pantalla, mensajes, correos electrónicos, perfiles, números de teléfono, fechas y cualquier dato que pueda ayudar a acreditar la reiteración de la conducta. Si es posible, conserva también los enlaces o identificadores de las cuentas desde las que se produce el hostigamiento.
Después, conviene poner los hechos en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En España existen unidades especializadas en ciberdelincuencia, como el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil o la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional, que pueden investigar este tipo de conductas cuando dejan rastro digital.
El ciberacoso no aparece como delito autónomo con ese nombre en el Código Penal, pero muchas de sus conductas pueden tener consecuencias legales. Lo importante es analizar si existe una actuación repetida, insistente y capaz de alterar la vida cotidiana de la víctima. Ante la duda, conservar pruebas y denunciar es fundamental para que los hechos puedan investigarse.