Según el Código de Deontología de la Abogacía Española, el abogado tiene plena libertad para aceptar o rechazar un asunto sin justificar su decisión.

Una vez aceptado el encargo, el abogado puede cesar en su intervención si surgen discrepancias con el cliente o cuando se den circunstancias que afecten a su libertad e independencia en la defensa.

El letrado tiene que realizar los actos necesarios para evitar la indefensión del cliente en el caso de renuncia poniéndolo en conocimiento de colegio de abogados o del juzgado para que el cliente pueda recurrir a los servicios de otro profesional. Tampoco puede aceptar encargos contrapuestos con los intereses de otro cliente al que haya defendido o que esté defendiendo en la actualidad.

 

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