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Demanda, denuncia y querella, tres sinónimos con diferencias legales.
Sonia Sanchez | 04.04.2022
A menudo oímos hablar de demanda, denuncia y querella como sinónimos cuando realmente desde el punto de vista jurídico hay diferencias entre ellas. Vamos a explicar algunas de las más importantes.
Las tres tienen en común que son formas de iniciar un procedimiento judicial pero la principal diferencia, es la vía judicial en la que se va a actuar:
La denuncia consiste en la mera comunicación o declaración ante Autoridad, policía, Juez o Ministerio Fiscal, de la existencia de unos hechos que pueden ser delictivos. La denuncia se puede hacer por escrito o verbalmente ante un agente de la autoridad o funcionario (por ejemplo, una comisaría de policía), que recogerá la manifestación del relato detallado de los hechos denunciados. En estos casos, no es necesaria la intervención de abogado y procurador para interponerla.
La querella es el escrito presentado ante el Juzgado competente donde se comunican unos hechos que pueden ser delictivos, solicitándose la apertura de un procedimiento criminal y donde la querella será parte del éste. En este caso, es necesaria la intervención de abogado y procurador.
Existe alguna diferencia entre querella y denuncia donde la querella deberá contener ciertos requisitos formales que no se exigen con la denuncia:
Con la querella se manifiesta la intención de ser parte acusadora del procedimiento mientras que con la denuncia, no se adquiere esta condición de entrada, salvo que en un momento posterior del procedimiento se persone con abogado. La denuncia es una manera de colaborar con la Administración de Justicia ya que todo aquel que presencie la comisión de un delito público está obligado a denunciarlo e incluso hay personas que tienen un deber especial de denunciar, que son los que por razón de su cargo, profesión u oficio conozcan dichos hechos (por ejemplo, los profesionales de la salud).
Por último, la demanda es también la petición formal y escrita presentada ante el Tribunal competente (civil, laboral o mercantil) en la que a partir de unos hechos que deben apoyarse en unos fundamentos de derecho o jurídicos, se motiva la pretensión o reclamación formulada.
A título de ejemplo, la demanda civil sería la que se interpone en los conflictos entre particulares como en los supuestos de conflictos entre vecinos, asuntos de arrendamientos, herencias, etc.
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