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Cuando llega el momento de presentar la declaración de la renta, los ciudadanos debemos recopilar toda la información necesaria para realizarla. La documentación que tendremos que presentar dependerá de la actividad profesional que desarrollamos, de los rendimientos que hemos obtenido en un año o de las propiedades que tenemos a nuestro nombre.

Documentación personal para presentar la Declaración de la Renta

Hacienda necesita comprobar una serie de datos para poder realizar los trámites para la declaración, por ello, tanto si utilizamos los servicios de cita previa que ofrece Hacienda para elaborar la declaración como si delegamos ese trámite en una gestoría tendremos que aportar los siguientes documentos:

  • Nuestro DNI original y una fotocopia de todas aquellas personas que aparezcan en la declaración.
  • Una autorización para poder hacer la declaración en nombre de otro declarante y la fotocopia de su DNI.
  • Un número de cuenta bancaria (IBAN).

Documentación sobre la actividad realizada

Justificante de los rendimientos percibidos

Documentación relativa al despido

En caso de despido, deberemos entregar la información de la indemnización y del tipo de despido.

Rendimientos de actividades económicas

Si somos autónomos en estimación objetiva deberemos aportar todos aquellos documentos que acrediten los parámetros utilizados para el cálculo de los módulos: número de empleados, consumo eléctrico, superficie del local…

Justificantes de subvenciones o premios

En el caso de una ganancia patrimonial por haber recibido alguna subvención o algún premio, deberemos entregar el justificante para poder acreditarlo.

Donativos y seguro del hogar

En caso de tener contratado un seguro del hogar o haber realizado algún donativo deberemos aportar justificantes y recibos.

Certificados de ingresos y retenciones

Si trabajamos por cuenta ajena deberemos aportar este certificado emitido por nuestra empresa para acreditar los rendimientos del trabajo.

Rendimientos de capital inmobiliario

Si recibimos rentas por propiedades alquiladas, tendremos que aportar información de los ingresos y justificantes de los gastos deducibles (facturas, impuestos, contrato etc.). También deberemos aportar el NIF del arrendatario.
Si hemos obtenido rendimientos de capital mobiliario, como por ejemplo intereses bancarios, deberemos aportar certificados bancarios, de empresas, recibos de gastos, etc.

Ganancias o pérdidas patrimoniales

Si durante este periodo recibimos alguna ganancia o pérdida patrimonial por la venta de algún inmueble deberemos aportar las escrituras de la compra y de la venta. De ahí saldrán las fechas de adquisición y de transmisión del bien. Además, también serán necesarios los recibos y facturas que acrediten los gastos deducibles.
También pueden derivar de la venta de acciones. En ese caso deberemos recopilar información que nos indique valor de adquisición y de venta de estas acciones.

Justificantes de gastos

Posibles gastos deducibles como cuotas a sindicatos o a colegios profesionales, así como gastos de defensa jurídica.

¡Consejo! Guarda la documentación

 

Es importante saber que existe un plazo de 4 años de prescripción para los impuestos, por lo que es necesario que guardemos estos documentos durante este periodo de tiempo por si Hacienda nos pide alguna explicación.