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Ser padres comporta gastos bastante elevados y Hacienda intenta incentivar la maternidad a través de las ayudas fiscales. Os las contamos en a continuación.
Maria Esther González Garrido | 13.04.2018
La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) regula diferentes beneficios fiscales vinculados a la maternidad. Ser padres comporta una serie de gastos bastante elevados y Hacienda intenta incentivar la maternidad a través de las ayudas que os explicamos a continuación.
Primer descendiente | 2.400 euros anuales |
Segundo descendiente | 2.700 euros anuales |
Tercer descendiente | 4.000 euros anuales |
Cuarto descendientes y siguientes | 4.500 euros anuales |
Para tener derecho a la aplicación o al cobro anticipado de la deducción de maternidad, es necesario que la madre cumpla los siguientes requisitos:
Es importante recordar que, en caso de estar en situación de desempleo, no se tiene derecho a la aplicación de esta deducción.
Aunque se trata de una deducción especialmente pensada para madres, existen excepciones. Al padre se le podrá aplicar en caso de fallecimiento de la madre o cuando tenga la guardia y custodia exclusiva de los hijos.
Si los dos padres tuvieran el mismo derecho, la deducción se prorratearía a partes iguales.
La cuantía de la deducción asciende a 1.200 euros anuales que pueden ser abonados anticipadamente siempre que se presente el modelo 140 ante Hacienda, correspondiendo 100 euros mensuales.
Durante los últimos años, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado alguna sentencia en la que reconoce que no deben tributar las prestaciones de maternidad abonadas por la Seguridad Social cuando se suspende el contrato de trabajo. En este caso, es la Seguridad Social la encargada de pagar la prestación de maternidad a las personas que acaban de ser madres.
En este sentido, debemos ser prudentes hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie al respecto.
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