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El día 2 de enero de 2022 entró en vigor la Ley que reconoce a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad. Es decir, los animales dejan de ser considerados cosas y legalmente pasan a ser un miembro más de familia. Además, la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales hace una regulación sobre la protección de los animales de compañía y los silvestres en cautividad.

¿Qué responsabilidades legales tiene el dueño de un animal de compañía?

Los derechos y las obligaciones con relación a los animales de compañía que marca la ley son:

  • Mantenerlos integrados en el núcleo familiar siempre que sea posible por la especie
  • Si por sus características o tamaño no pueden convivir con el núcleo familiar deben disponer de un alojamiento adecuado
  • Evitar molestias o peligros para terceros
  • Evitar la reproducción incontrolada
  • Evitar que los animales defequen u orinen en lugares de paso de otras personas, fachadas, puertas, entradas, procediendo a su retirada.
  • Respetar los espacios públicos
  • Facilitarles controles veterinarios
  • Tener formación en su tenencia
  • Identificarlos con un microchip y esterilizarlos sino son para cría
  • Comunicar a la administración competente la retirada del cadáver de un animal
  • La baja del animal por muerte debe acompañarse del documento que acredite que fue incinerado o enterrado por empresa especialista

Se prohíbe expresamente:

  • Su sacrificio excepto por motivos de seguridad o riesgo de salud pública.
  • Mutilar o modificar el cuerpo del animal excepto sistema de marcaje de identificación o por temas de salud
  • Usarlos en peleas o instigar su agresión
  • Mantenerlos atados o sueltos sin supervisión
  • Mantenerlos habitualmente en terrazas, balcones, azoteas, sótanos, etc.
  • Llevar animales atados fuera de un vehículo en marcha
  • Dejarlos en libertad
  • Eliminar cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación
  • Dejar sin supervisión a animales de compañía más de tres días consecutivos
  • Hacer selección genética que provoque daños en la salud del animal
  • La cría comercial por criadores no inscritos en el Registro de criadores
  • La venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales. Solo se pueden vender desde criadores registrados
  • La venta, donación o entrega de animales no identificados
  • Emplear animales de compañía para el consumo humano
  • El uso de herramientas de manejo que provoquen daño al animal: collares eléctricos, de impulsos de castigo o de ahogo

Realizar cualquiera de estas actividades prohibidas está sancionado por multas de hasta 10.000€ para las infracciones leves, del 10.001 hasta 50.000€ para las infracciones graves y de 50.001 hasta 200.000€ para las infracciones muy graves.

Las multas pueden ir acompañadas de las siguientes acciones

  • Intervención del animal y su transmisión a un centro de protección animal o al que determine la autoridad competente
  • La retirada de las armas y de las licencias o permisos correspondientes a las mismas
  • El comiso de los bienes, medios o instrumentos
  • La suspensión temporal de las licencias, autorizaciones o permisos
  • La clausura de los locales o establecimientos
  • Inhabilitación para el ejercicio de actividades relacionadas con animales, y la tenencia con animales
  • Retirada o no concesión de subvenciones o ayudas
  • La obligación de realizar cursos de reeducación o formación en bienestar, protección animal y derechos de los animales
  • La realización de trabajos en beneficio de la comunidad

Abandono y maltrato animal

Debemos recordar que el abandono animal está penado y es ilegal. Se castiga con sanciones administrativas y por cuantías muy importantes. Incluso se puede incurrir en un delito penal sancionado con multas de 1 a 6 meses.

Por otro lado, el maltrato animal se castiga con penas desde tres meses hasta un año de prisión, así como inhabilitaciones para ejercer cualquier profesión que tenga relación con animales. Estas penas pueden agravarse en función de las circunstancias concurrentes en el caso concreto. Por ejemplo, si los hechos se hubieran ejecutado en presencia de menores de edad o si se produce la muerte del animal. En estos casos, el Código Penal contempla penas de hasta un año y medio de prisión.