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Recientemente, el Gobierno ha anunciado que hará ley el derecho al olvido oncológico, una reclamación histórica de enfermos de cáncer y asociaciones afines. Pero ¿en qué consiste? ¿Y cómo funcionará? ¡Lo aclaramos todo!

¿En qué consiste el olvido oncológico?

El derecho al olvido oncológico es el derecho a que las personas que hayan padecido un cáncer no tengan que indicarlo al contratar un seguro, pedir un préstamo o comprar una vivienda. Este derecho busca proteger la privacidad de las personas para que no sean recordadas por su historial médico y sufran cualquier tipo de discriminación o estigmatización.

¿Cómo lo recogerá la ley?

El Gobierno modificará el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y de la Ley del Contrato del Seguro. Todo ello para "declarar nulas todas las cláusulas basadas en los antecedentes oncológicos que excluyan o que discriminen a la hora de contratar productos o servicios", "evitar que se puedan tener en cuenta los antecedentes oncológicos del asegurado para imponer condiciones más gravosas en los contratos de seguros” o "establecer, por primera vez, el derecho a no declarar que se ha padecido cáncer cuando se vaya a contratar un seguro vinculado a un préstamo hipotecario".

Este derecho también conecta con el borrado de datos o también conocido como derecho de supresión contemplado en el Reglamento de la Unión Europea UE 2016/679 de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

¿Cómo funcionará el derecho al olvido oncológico?

  • Declarará nulas las cláusulas basadas en los antecedentes oncológicos que excluyan o que discriminen a la hora de contratar productos o servicios tanto aseguradores como financieros.
  • Evitará que se puedan tener en cuenta estos antecedentes para imponer peores condiciones o más caras en los contratos de seguros, como por ejemplo de vida o salud.
  • Establecerá el derecho a no declarar que se ha padecido cáncer cuando se vaya a contratar un seguro vinculado a un préstamo hipotecario.

¿Quiénes se beneficiarán de ello?

Beneficiará a todas las personas que hayan finalizado un tratamiento oncológico cinco años antes de la fecha de suscripción del contrato, sin que hayan sufrido recaídas durante ese periodo.

¿Cuándo entrará en vigor la nueva ley?

Se espera que entre en vigor en junio.

 

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