
¿Qué es el derecho al olvido oncológico?
El anuncio del nuevo derecho al olvido oncológico nos hace preguntarnos ¿en qué consiste? ¿cómo funcionará? ¡Te lo aclaramos!
Miguel Pérez | 24.05.2023
Recientemente, el Gobierno ha anunciado que hará ley el derecho al olvido oncológico, una reclamación histórica de enfermos de cáncer y asociaciones afines. Pero ¿en qué consiste? ¿Y cómo funcionará? ¡Lo aclaramos todo!
El derecho al olvido oncológico es el derecho a que las personas que hayan padecido un cáncer no tengan que indicarlo al contratar un seguro, pedir un préstamo o comprar una vivienda. Este derecho busca proteger la privacidad de las personas para que no sean recordadas por su historial médico y sufran cualquier tipo de discriminación o estigmatización.
El Gobierno modificará el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y de la Ley del Contrato del Seguro. Todo ello para "declarar nulas todas las cláusulas basadas en los antecedentes oncológicos que excluyan o que discriminen a la hora de contratar productos o servicios", "evitar que se puedan tener en cuenta los antecedentes oncológicos del asegurado para imponer condiciones más gravosas en los contratos de seguros” o "establecer, por primera vez, el derecho a no declarar que se ha padecido cáncer cuando se vaya a contratar un seguro vinculado a un préstamo hipotecario".
Este derecho también conecta con el borrado de datos o también conocido como derecho de supresión contemplado en el Reglamento de la Unión Europea UE 2016/679 de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
- Declarará nulas las cláusulas basadas en los antecedentes oncológicos que excluyan o que discriminen a la hora de contratar productos o servicios tanto aseguradores como financieros.
- Evitará que se puedan tener en cuenta estos antecedentes para imponer peores condiciones o más caras en los contratos de seguros, como por ejemplo de vida o salud.
- Establecerá el derecho a no declarar que se ha padecido cáncer cuando se vaya a contratar un seguro vinculado a un préstamo hipotecario.
Beneficiará a todas las personas que hayan finalizado un tratamiento oncológico cinco años antes de la fecha de suscripción del contrato, sin que hayan sufrido recaídas durante ese periodo.
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