Ir al contenido Ir al buscador Ir a la página de contacto Ir al mapa web

De vuelta de las vacaciones y al hogar. Pero ¿qué pasa si al llegar te encuentras que las lluvias torrenciales han inundado tu casa? ¿O que ha habido un corte de luz por una tormenta eléctrica y ha dañado tus electrodomésticos? Te explicamos cómo debes actuar.

¿Qué son los daños por cuestiones meteorológicas?

Cuando hablamos de daños por cuestiones meteorológicas nos referimos a aquellos daños materiales causados por fenómenos atmosféricos tales como la lluvia, el viento, el granizo o la nieve.

Además, para que puedan quedar cubiertos por el seguro, deben ser considerados adversos o superar ciertos umbrales de intensidad. Con carácter general los daños deben ser ocasionados por vientos superiores a 70-90 km/h, lluvias que superen los 40 mm/h o granizo de cierta intensidad.

Estos daños pueden afectar a viviendas, vehículos u otros bienes, y normalmente están cubiertos por los seguros si se cumplen ciertas condiciones. Por ello conviene revisar las condiciones particulares de cada póliza para conocer las coberturas específicas y los límites de indemnización.

Cómo obtener un certificado meteorológico para reclamar al seguro

Normalmente, para dar cobertura a daños ocasionados por algún fenómeno meteorológico adverso, las compañías de seguros piden la certificación oficial del evento meteorológico.

Este documento puede solicitarse a:

  • La Agencia Estatal de Meteorología

    A nivel nacional, la AEMET es el organismo competente para emitir certificados meteorológicos oficiales. Se puede solicitar online o a través de sus delegaciones territoriales.
  • Los servicios autonómicos

    Por ejemplo: Meteocat, MeteoGalicia, Euskalmet, etc.

El certificado incluirá datos como la intensidad del viento, cantidad de precipitación, o temperatura registrada en una fecha y lugar concretos, entre otros. El plazo de emisión del certificado suele ser de 5 a 15 días hábiles y puede tenerse que abonar una tasa administrativa.

Trámite para solicitar el certificado meteorológico a la AEMET

  1. Solicitud online

    A través de la Sede Electrónica de AEMET, accediendo a certificaciones meteorológicas y rellenando el formulario con los datos solicitados. La solicitud se puede hacer con o sin certificado digital.
  2. Solicitud presencial o por correo

    Contactar con la Delegación Territorial de AEMET de la comunidad autónoma, presentar la solicitud escrita con nuestra identificación personal, con la fecha y lugar del siniestro, tipo de fenómeno (lluvia, viento, granizo, etc.) y motivo de la necesidad del certificado.

Procedimiento de reclamación al seguro por daños meteorológicos

  • Recopilación de pruebas

    Documentar los daños con fotografías, vídeos, informes periciales, presupuestos o facturas de reparación, etc.
  • Solicitud del certificado meteorológico

    Contactar con AEMET o el servicio autonómico correspondiente.
  • Comunicación a la aseguradora

    Comunicar el siniestro a la compañía de seguros lo antes posible. La ley de Contrato de Seguros regula que debe ser “dentro del plazo máximo de 7 días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio”.
  • Valoración

    La aseguradora está obligada a satisfacer la indemnización tras las investigaciones y peritaciones necesarias. La compañía dispone de un plazo de 40 días, desde la recepción del siniestro, para hacer el pago del importe mínimo de lo que pueda corresponder y en 3 meses debe haber cubierto la prestación total.
  • Reclamación adicional

    En caso de disconformidad con la resolución del seguro, se puede acudir al Defensor del Asegurado, a la Dirección General de Seguros o en última instancia interponer una demanda judicial.

Intervención del Consorcio de Compensación de Seguros en daños meteorológicos

Si el fenómeno meteorológico es considerado extraordinario o catastrófico (terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, caída de cuerpos siderales, inundaciones extraordinarias o tempestades clónicas atípicas), el seguro específico que se tenga contratado lo tendrá excluido de la cobertura. Para estos supuestos, la cobertura corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros, siempre que exista un seguro contratado para el riesgo dañado, esté en vigor y al corriente de pago.

En conclusión, si nuestros bienes sufren daños meteorológicos deberemos verificar las coberturas contratadas en nuestro seguro, recopilar cuantas más pruebas mejor e informar del siniestro a la aseguradora lo antes posible a fin de que se valoren los daños y podamos ser cubiertos por el seguro.

 

También te puede interesar:

ARAG Defensa Jurídica Personal

Seguro de Defensa Jurídica personal

Toda la protección que realmente necesitas: Con nuestro seguro de protección jurídica, tienes todo para vivir con total tranquilidad.

 Tu hogar a prueba de tormentas: consejos esenciales

Tu hogar a prueba de tormentas: consejos esenciales

Te damos siete consejos para proteger tu hogar ante un temporal de lluvias y reducir el riesgo de daños en tu propiedad.

¿Quién cubre los daños causados por un terremoto?

¿Quién cubre los daños causados por un terremoto?

¿Quién indemnizaría a los afectados de un terremoto en España? ¿Me lo va a cubrir mi seguro? ¡Te lo aclaramos!