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Te contamos qué son estos dos tipos de contrato que cada están más extendidos. ¡Son parecidos, pero tienen diferencias importantes!
Miriam Montero | 14.10.2025
Cada vez más estamos muy habituados a escuchar hablar de contratos mercantiles como son el leasing o el renting, ya que antes únicamente se usaban para empresas. Hoy en día, son contratos a los que cualquier consumidor final puede acceder, como, por ejemplo, en la compra de vehículos.
Ambos contratos podríamos decir que son una forma de arrendamiento financiero ya que, en ambos casos, se nos entrega el uso de un bien a cambio del pago mensual de una cuota, pero vemos las diferencias.
El contrato de renting es un alquiler a medio o largo plazo, donde la empresa se suele hacer cargo de los gastos y del mantenimiento del bien.
Es habitual que se pacten limitaciones en los vehículos, como el kilometraje.
Al final del renting lo más habitual es que puedas renovar el contrato o cambiar el bien.
Otra gran diferencia es el trato fiscal y contable que tiene cada contrato si somos empresas o autónomos.
Siempre que el vehículo esté relacionado con la actividad laboral, en ambos contratos podremos deducirnos el IVA.
La diferencia principal es que en el renting la cuota se puede deducir como gasto en su totalidad. En el leasing solo se deducen como gasto los intereses, el principal de la cuota se entiende como amortización.
Para valorar cuál de los dos contratos nos conviene más, tenemos que pensar si queremos quedarnos finalmente con el bien (leasing) o si lo que buscamos es mayor comodidad y más servicios (renting).
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