Puntos a tener en cuenta para alquilar una embarcación
¿Qué debe contener un contrato de alquiler de una embarcación recreativa? ¿Hace falta titulación?
¿Sabías que es obligatorio contratar un seguro para la mayoría de las embarcaciones de recreo? Te contamos todas las claves.
Miguel Pérez | 21.02.2022
El viento, las olas, el olor a sal… Puede que tú también seas un enamorado del mar y estás pensando en comprar una embarcación. Probablemente ya sabrás que estarás obligado a asegurarla, tal y como sucede con los vehículos terrestres.
Un seguro de embarcaciones te protege en diferentes situaciones a bordo de una embarcación de recreo. En la legislación española, la necesidad del seguro de responsabilidad civil se regula a través del Real Decreto 607/1999. En él, se indican qué tipo de embarcaciones son las que deben tener seguro obligatoriamente y qué coberturas mínimas deben tener estos (básicamente, la responsabilidad civil).
La ley antes mencionada indica que deben tener seguro todas aquellas embarcaciones propulsadas a motor, incluso las motos acuáticas. Si la embarcación no tiene motor y su eslora es menor de 6 m., no es obligatorio tener seguro, aunque es completamente recomendable por todas las ventajas que ofrecen en caso de algún percance.
Las coberturas más comunes en los seguros de embarcaciones son las siguientes:
Cada aseguradora podrá ofrecer a sus clientes las coberturas que estimen oportunas, por lo que las posibles coberturas adicionales existentes son infinitas. Algunas de ellas pueden ser:
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