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¿Quieres viajar con tu perro u otra mascota? Te contamos cómo hacerlo con seguridad según el transporte que elijas: coche, taxi, tren, avión y barco.
Javier Sanguino | 22.03.2017
Los animales se convierten muchas veces en nuestros mejores amigos. Si quieres viajar con tu perro u otra mascota, te contamos cómo hacerlo con seguridad en diferentes transportes: coche, taxi, tren, avión y barco.
En España, el Reglamento General de Circulación no concreta mucho acerca de la forma en que debemos transportar animales en el coche. Lo único que indica al respecto es que los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos y que están obligados a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción. Estos puntos tienen que garantizar tanto su seguridad como la del resto de ocupantes y la de los demás usuarios de la vía. Para ello, se deberá tener especial cuidado con la colocación de los animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos.
En los propios centros veterinarios y establecimientos especializados del sector encontraremos distintos productos que podrán resultar de gran ayuda, tales como instalación de barras telescópicas, barras fijas (que son las más eficaces para retener al animal) o combinaciones de barras y redes que ayudan a protegerlos en caso de impactos. También existen otros dispositivos tales como por ejemplo los arneses de sujeción.
En cuanto a transporte del animal en taxi, existen empresas en distintas ciudades españoles que se han especializado en ofrecer este tipo de transporte.
En el caso de los trenes de cercanías, se permite a los viajeros transportar a pequeños animales domésticos sin necesidad de jaula, aunque siempre deben ir atados y, en caso de perros, deben llevar bozal. Su transporte será gratuito y los propietarios serán responsables de las molestias y daños que puedan ocasionar.
Es importante tener en cuenta que en cada núcleo de población se deberán consultar las limitaciones impuestas por la empresa de transporte, en función de los horarios y estaciones. Esta información se puede consultar en cada estación o en la página web correspondiente.
Si queremos viajar con nuestra mascota en avión, es necesario que conozcamos las condiciones de cada compañía aérea. En función del tipo de animal y de si se alojará en la bodega o en la cabina habrá que seguir unas u otras normas.
Para que nuestra mascota viaje en la bodega del avión (es la norma general) el trasportín tiene que cumplir con la reglamentación internacional:
Los animales también pueden viajar en la cabina del avión, pero con las restricciones que indique cada aerolínea. Por ejemplo, en caso Iberia se indica que:
Por último, no te olvides de comprobar que tienes toda la documentación de tu mascota en regla y consulta los permisos de la aerolínea con la que vayas a viajar y del país hacia donde te dirijas. Además, es importante añadir, que las compañías aéreas tienen limitado el número de animales que pueden volar en cada avión. Si vas a viajar con tu mascota, ¡es imprescindible contactar con la central de reservas de la aerolínea a la hora de contratar el billete!
Son las distintas Compañías Navieras las que han regulado como viajar con animales en barco, así como fijado las condiciones de acceso de los animales a los buques y las condiciones exigidas para su manejo y transporte.
Esta normativa interna suele primar el bienestar de los pasajeros, a la vez que garantiza también el bienestar de las mascotas.
Es posible transportar en autobús de línea pequeños anímales domésticos como perros o gatos siempre que no excedan de un determinado peso y que se encuentren en buenas condiciones físicas y de higiene. Estos animales deberán viajar siempre en la bodega del vehículo dentro de una jaula u otro tipo de transportín proporcionado por el viajero y que disponga de un fondo impermeable que pueda contener los residuos. Este transporte se hará siempre bajo la entera responsabilidad del propietario del animal.
Hay que tener en cuenta que, de acuerdo con el Artículo 11 del Reglamento de Circulación no quedan afectados por estas limitaciones los perros de asistencia, que pueden viajar sin coste adicional en el interior de la cabina de pasajeros, situándose en el pasillo central, y siempre que vayan acompañados de la persona invidente que sea propietaria del animal.
Sea cual sea el medio para transportar a nuestra mascota (terrestre, marítimo o aéreo) deberemos consultar previamente las condiciones generales y particulares impuestas por cada empresa de transporte, que nos serán facilitadas y que normalmente suelen ser fácilmente accesibles a través de las webs oficiales de cada operador.
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