
Cómo solicitar una vivienda de alquiler social
Los pisos de alquiler social se ofrecen a las personas que han perdido su vivienda habitual. Te explicamos los requisitos para solicitarlos y cómo hacerlo.
Montserrat Martin | 07.11.2017
Las viviendas de alquiler social forman parte de un fondo de alquiler de viviendas, llamado Fondo Social de Viviendas (FSV), nacido a partir del Real Decreto-Ley 27/2012 de 15 de noviembre de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios.
¿Quién puede acceder a las viviendas de alquiler social?
Dichas viviendas son propiedad de las entidades de crédito y se ofrecen a aquellas personas que han perdido su vivienda habitual:
- Como consecuencia de un desalojo de un procedimiento judicial de ejecución por impago de hipoteca u otro préstamo.
- Por adjudicación del inmueble en una ejecución hipotecaria por impago de las cuotas del préstamo hipotecario pero sin desalojo efectivo.
- En casos en que se ha negociado una dación en pago y las personas se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad social.
Requisitos para poder solicitar una vivienda de alquiler social
Los requisitos para ser considerado objeto de vulnerabilidad social y tener derecho a dichas viviendas son los siguientes:
- Unidad familiar con hijos menores de edad.
- Unidad familiar monoparental con dos o más hijos a cargo.
- Unidad familiar con algún miembro con discapacidad superior al 33% o en situación de dependencia o enfermedad que le inhabilite para trabajar.
- Unidad familiar donde el deudor hipotecario se encuentre en paro y haya agotado las prestaciones por desempleo.
- Unidad familiar donde conviva un pariente de consanguinidad con discapacidad o enfermedad.
- Unidad familiar con alguna víctima de violencia de género.
- Mayores de 60 años.
- Otros para los que la vivienda sea un activo indispensable para su inclusión social.
- Personas jubiladas que hayan avalado a sus hijos o nietos.
Cómo acceder a la vivienda y condiciones
Para acceder a dichas viviendas, el desahuciado en un procedimiento de ejecución hipotecaria debe presentar la petición a la entidad bancaria, siempre que esta forme parte del fondo social y si se reúnen los requisitos indicados. El contrato tendrá una duración de dos años con opción de un año de prórroga más y el precio oscilará entre los 150€ y los 400€ al mes, correspondiendo al inquilino el pago de los suministros.
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