o si lo prefieres te llamamos nosotros
¿Tu inquilino no te paga el alquiler? Te explicamos cómo actuar y los pasos a seguir para reclamar las rentas impagadas o proceder al desahucio.
M. Carmen Mohedas | 31.10.2017
¿Tu inquilino no te paga el alquiler? Te explicamos cómo actuar si te encuentras en esta situación y los pasos a seguir para reclamar las rentas impagadas o proceder al desahucio.
Para reclamar a tu inquilino el pago de las rentas pendientes de abonar, como propietario puedes hacerlo a través de diferentes vías:
Ante una situación de impago del alquiler, lo primero que deberá hacer el arrendador es requerir de pago al inquilino de un modo fehaciente, es decir, enviarle una carta reclamando la deuda por un medio que deje constancia de la recepción, como puede ser:
En esta carta se requerirá al inquilino que abone la deuda en un plazo determinado. Además, también se le advertirá de que si transcurre dicho plazo y no procede al pago se acudirá a la vía judicial o a la vía del arbitraje, dependiendo del procedimiento que se haya acordado en el contrato de arrendamiento para la resolución de conflictos.
En el caso de querer reclamar por la vía judicial, es muy importante haber realizado este requerimiento previo (punto 1). En caso de presentarse la demanda de desahucio por falta de pago, el inquilino no podrá paralizar el desahucio pagando antes de juicio si el propietario acredita que se le ha requerido el pago treinta días antes de la presentación de la demanda.
Cuando se reclaman las rentas impagadas por la vía judicial, el propietario puede optar entre:
En el caso de que se opte por reclamar solamente la deuda se podrá acudir a la vía del juicio monitorio en lugar de presentar demanda de juicio verbal, ya que no sería obligatoria la intervención de abogado ni de procurador si la deuda no supera los 2.000 euros.
No obstante, en la mayoría de los casos se opta por acumular tanto la reclamación de las rentas impagadas como la petición de que se proceda a declarar extinguido el contrato de alquiler y se proceda al desalojo de la vivienda. En este supuesto se presentará una demanda de desahucio por falta de pago en el Juzgado de Primera Instancia que corresponda al lugar donde esté la vivienda alquilada y deberá intervenir un abogado y un procurador.
Por último, en caso de que tu inquilino no se quiera marchar de tu vivienda cuando se lo has solicitado, es importante tener en cuenta una serie de acciones a evitar, como cambiar la cerradura del piso, ya que podrías estar cometiendo un delito.
También te puede interesar: