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Como trabajador puedes pedir a tu empresa permisos para no ir a trabajar sin dejar de recibir tu sueldo. Te contamos los más comunes y cómo solicitarlos.
Sonia Sanchez | 21.02.2017
El Estatuto de los Trabajadores prevé una serie de permisos retribuidos a los que tenemos derecho los trabajadores. Estos permisos suponen la autorización para poder faltar al trabajo por el tiempo y motivos que prevé la ley y durante los cuales, se tiene derecho al mismo salario que si se estuviera trabajando.
Las causas que dan lugar a los permisos más cotidianos previstos en el Estatuto son los siguientes:
El trabajador tendrá un permiso de 2 días naturales o 4 si se necesita hacer un desplazamiento.
En este caso los padres tendrán derecho a 2 días naturales de permiso ampliables a 4 en caso de ser necesario hacer un desplazamiento.
El permiso será por el tiempo indispensable para su realización. En los casos de adopción o de guarda con fines de adopción o acogimiento tendrá permiso para la asistencia a las sesiones de información y preparación y para la realización de los informes psicológicos y sociales, siempre que se tengan que realizar en todos los casos, dentro de la jornada de trabajo.
El trabajador tiene permiso por el tiempo necesario para cumplir dicho deber. Ejemplos de estas situaciones son: ser citado para declarar en un juicio, ser miembro de un jurado o tener que acudir a una mesa electoral.
Cuando se extingue un contrato de trabajo por causas objetivas, el trabajador tiene derecho a una licencia retribuida de 6 horas semanales durante el plazo de preaviso que le da la empresa, con el fin de buscar nuevo empleo.
Los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia al trabajo que podrán dividir en dos fracciones. Este derecho se podrá sustituir por una reducción de su jornada en media hora, o acumularlo en días completos según lo previsto en Convenio Colectivo o por acuerdo con el empresario.
Para solicitar este tipo de permiso, deberemos avisar a nuestro jefe con antelación y justificar debidamente nuestra ausencia. Las situaciones y días regulados en el Estatuto de los Trabajadores son los mínimos previstos. Los Convenios Colectivos pueden ser más beneficiosos en estos casos ya que pueden establecer otros motivos para disfrutar de permisos por parte del trabajador o incluso ampliar su duración.
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