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La Navidad es esa época especial en la que los autónomos quieren agradecer el esfuerzo de su equipo y cuidar las relaciones con clientes y proveedores. Pero, entre turrones y villancicos, siempre surge la misma duda: ¿qué gastos navideños me puedo desgravar este año? Desde ARAG te lo contamos para que no te pierdas entre papeles ni sorpresas con Hacienda.

¿Me puedo deducir las cestas de Navidad como autónomo?

¿Regalas una cesta cada año a tus empleados o a los clientes más fieles? Buenas noticias: puedes deducir este gasto en el IRPF o en el Impuesto de Sociedades, siempre que sea una práctica habitual y esté claramente vinculada a tu actividad. Eso sí, no olvides pedir la factura completa (el ticket no vale).

  • Si las cestas van para empleados, recuerda declararlas como retribución en especie en el modelo 111.
  • El IVA, salvo que te dediques a vender cestas, no es deducible.

Consejo ARAG: Hacienda mira con lupa que el gasto sea habitual, proporcional y esté bien justificado. Si tienes 2 empleados, ¿por qué comprar 20 cestas?

¿Me puedo deducir las comidas y cenas de empresa como autónomo?

Las comidas y cenas de Navidad son momentos clave para hacer equipo o fidelizar clientes, y también puedes deducirlas. Eso sí, la clave es que estén justificadas y relacionadas con tu actividad.

  • Con empleados

    No hay un límite concreto, pero debe ser razonable. Si tu facturación anual es de 30.000 €, una cena de 150 € por persona sería aceptable, pero una de 500 € podría levantar sospechas.
  • Con clientes o proveedores

    La suma total de estos gastos (incluidos otros detalles como la lotería) no puede superar el 1 % de tu cifra de negocio. Por ejemplo, si facturaste 40.000 € en 2024, el máximo deducible sería 400 € en todo el año.
  • IVA

    No se puede deducir en estos casos, porque Hacienda los considera “atenciones a clientes o empleados”.

Ejemplo: si en diciembre organizas una comida de Navidad con tu equipo de 5 personas y el total es de 300 €, podrás deducir el gasto, siempre que tengas la factura completa, esté bien anotado en la contabilidad y sea una práctica habitual.

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¿Me puedo deducir la lotería de Navidad como autónomo?

Según la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), en la campaña de 2024, el 70 % de los autónomos que regalaron lotería a clientes lo hicieron como parte de su estrategia de fidelización. ¿Eres uno de ellos? Puedes deducirlo, pero no la que compras para ti.

  • Recuerda que este gasto, junto con otros detalles, entra dentro del límite del 1% sobre tu facturación. Por ejemplo, si tu negocio ingresó 60.000 € en 2024, podrás deducir hasta 600 € en regalos y atenciones a terceros (incluida la lotería).
  • El IVA tampoco es deducible, ya que la lotería está exenta.
  • Como siempre, factura completa y bien registrado en la contabilidad.

¿Puedo deducirme las tarjetas y pequeños regalos promocionales como autónomo?

Regalar agendas, calendarios, bolígrafos o tarjetas navideñas con el logo de tu empresa también es deducible. Aquí sí puedes deducir el IVA, porque Hacienda los considera gastos de publicidad.

  • El valor del regalo no puede superar los 200 € por destinatario y año.
  • Regalos sin personalizar (por ejemplo, una botella de vino sin logo) o muy caros no permiten deducir el IVA.
  • Como siempre, factura completa, registro contable y sentido común.

Por ejemplo, si en 2025 regalas a cada cliente una agenda personalizada de 15 €, con el logo de tu empresa, y tienes 20 clientes, puedes deducir el gasto y el IVA correspondiente.

Consejos ARAG para no tener sustos con Hacienda

  • Pide siempre factura completa, no tickets.
  • Lleva un registro contable claro y actualizado.
  • No te pases de los límites legales: 1 % para atenciones a clientes/proveedores y 200 € por regalo promocional.
  • Haz estos gastos de forma habitual y proporcional a tu negocio.

En resumen, la Navidad es una oportunidad para cuidar tus relaciones profesionales y también tu fiscalidad. Si eres autónomo, aprovecha los gastos deducibles para motivar a tu equipo y fidelizar clientes, pero siempre con cabeza y sin perder de vista las normas de Hacienda. ¡Felices fiestas y que la deducción te acompañe!

 

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