Ir al contenido Ir al buscador Ir a la página de contacto Ir al mapa web

Ser miembro de un jurado popular puede ser una oportunidad para vivir en primera persona cómo funciona la justicia desde dentro, sin embargo también es una gran responsabilidad.

En este artículo te contamos cómo funciona esta figura, para qué sirve y si te pueden llamar para formar parte de él.

¿Qué es el jurado popular y qué delitos se juzgan a través de esta institución?

El jurado en España se incorpora en nuestro ordenamiento jurídico con la aprobación de la Ley del Jurado en el año 1995. Compuesta por nueve miembros y dos suplentes, tiene como objetivo el que los ciudadanos participen de forma directa en la impartición de justicia.

La lista de candidatos para formar parte del jurado popular se realiza cada dos años a través de un sorteo y tomando de referencia los datos del censo electoral.

No todos los delitos pueden ser sentenciados por un jurado popular. Solo podrán juzgarse los tasados por la ley, como, por ejemplo: asesinatos u homicidios, cohechos, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, incendios forestales, malversación de fondos públicos o infidelidad en la custodia de presos.

¿Quién puede formar parte de un jurado popular?

No todo ciudadano puede formar parte de un jurado, pues es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad
  • Tener la nacionalidad española
  • Residir en la provincia donde se ha cometido el delito
  • Encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos políticos
  • Contar con aptitud suficiente para el desempeño de esa función

No obstante, aun cumpliendo los requisitos referenciados, estarán incapacitadas para ser miembro de un jurado aquellas personas que se encuentren detenidas, cumpliendo una condena o la tengan suspendida en un proceso penal para empleo o cargo público.

Tampoco podrán formar parte de un jurado las personas que sean parte en la causa que se está enjuiciando o que tengan algún tipo relación con los miembros del Tribunal. Esta imposibilidad se extiende también a los testigos, peritos, intérprete o a aquellos ciudadanos que tengan algún interés directo o indirecto en el juicio.

Por último, tanto abogados, procuradores y profesores de una universidad con disciplinas jurídicas o de medicina legal, como quienes desempeñen funciones en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, tampoco podrán formar parte de un jurado popular.

¿Tengo obligación de ser miembro de un jurado popular?

La propia ley orgánica del tribunal del jurado contempla algunas causas para estar exento de formar parte de un jurado. Estas son:

1. Ser mayor de 65 años

2. Haber sido jurado en los cuatro años anteriores

3. Generar un grave trastorno familiar

4. Residir en el extranjero

5. Ser militar profesional destinado fuera

6. Cualquier otra causa que pueda ser considerada grave y que dificulte el desempeño de las funciones propias del jurado

¿Cómo funcionan los juicios con jurado popular?

Los miembros del jurado popular están bajo la dirección del juez que, sin influir en ningún momento en la decisión del jurado, será el encargado de fijar el objeto del veredicto. También les enseñará su función y las directrices que deben seguir para la deliberación y votación.

El presidente del jurado es el encargado de responder a las preguntas del juez sobre la participación del acusado en los hechos. También sobre la culpabilidad o inocencia.

El veredicto debe estar suficientemente sustentado y debe extenderse en un acta que se le entregará al magistrado presidente. Si este detectase defectos, la devolverá para que el jurado los subsane.

En el supuesto de que el jurado declare al acusado como inocente, el juez dictará sentencia absolutoria. Sin embargo, si se declarase culpable, el juez también recogerá en la sentencia los hechos probados por el veredicto, la calificación jurídica del delito concreto, el grado de ejecución y participación, los agravantes y atenuantes aplicables y la pena impuesta.

¿Cuándo se usa el jurado popular?

Delitos que debe juzgar un jurado popular:
- Homicidio
- Amenazas
- Omisión del deber de socorro
- Allanamiento de morada
- Infidelidad en la custodia de documentos o de presos
- Cohecho
- Tráfico de influencias
- Malversación de caudales públicos