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¿Te han cancelado el concierto de Aitana o Lola Índigo en el Bernabéu? Descubre tus derechos ante la cancelación de conciertos a los que ibas a asistir.
Alicia Cobo | 17.09.2024
Las celebraciones de conciertos, los espectáculos musicales y los festivales son sin duda una práctica muy habitual en nuestro país.
La ley establece que los organizadores (empresa, personas físicas, entidades con o sin ánimo de lucro) de este tipo de espectáculos son los que tienen que asumir las responsabilidades y obligaciones derivadas de su organización, celebración y desarrollo.
Los requisitos que se solicitarán ante el Ayuntamiento son:
Se reconoce a los espectadores, además del derecho a contemplar el espectáculo, derechos tales como:
No obstante, pueden darse circunstancias o acontecimientos que hagan que el espectáculo finalmente se cancele definitivamente. En este caso, se puede exigir la devolución de la entrada completa.
En caso de cancelación, debes dirigirte dónde adquiriste la entrada (organizador del evento), ya sea físicamente o a través de una app o web, para la devolución del importe abonado. Deberás adjuntar los justificantes de compra, presentando reclamación al servicio de atención al cliente si es necesario.
Cabe destacar que el consumidor no puede ejercer el derecho de desistimiento, como ocurre con otros productos. Es decir, si la persona que adquiere la entrada no puede ir o se ha equivocado en la compra, no tendrá derecho a reclamar el importe de su compra.
En el caso de asistir a un espectáculo fuera de nuestra localidad de residencia lo más probable es que dicho espectáculo nos haya generado también una serie de gastos de viaje, alojamiento, manutención… en ese caso el artículo Ley 26/1984 establece el «derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios demostrados que el consumo de bienes o la utilización de productos o servicios les causen».
Por lo tanto, es posible reclamar:
En ambos casos es necesario presentar los tickets, recibos o comprobantes que se tengan. Para ello, debes recurrir a la hoja de reclamaciones e intentar una reclamación en la Oficina Municipal de Información al Consumidor. Si mediante esta vía no se lograse, podrías demandar en los Juzgados Civiles.
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