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Si eres trabajador por cuenta propia y quieres ser padre o madre, tienes derecho a una prestación. Eso sí, debes cumplir una serie de condiciones que desglosamos a continuación.

Baja de Maternidad

Si eres trabajadora autónoma y estás pensando en ser madre, has de saber que tienes derecho a la prestación por maternidad en las mismas condiciones que una trabajadora por cuenta ajena. ¡Revisa aquí si cumples los requisitos!

Condiciones para acceder a la prestación de maternidad

Para tener derecho a la prestación de maternidad será imprescindible que estés afiliada, en situación de alta en el RETA (o asimilada al alta), que hayas pagado de las cuotas de autónomo y que tengas cubierto un periodo mínimo de cotización, que variará según tu edad:

Autónomas menores de 21 años

No es necesario ningún periodo de cotización para aquellas autónomas que tengan menos de 21 años en la fecha del parto, fecha de resolución administrativa o judicial respecto del acogimiento o adopción.

Autónomas entre 21 y 26 años

Si la trabajadora tiene entre 21 y 26 años en la fecha del parto, se requerirán por los menos 90 días cotizados en los 7 años anteriores al iniciar el descanso o bien, 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.

Autónomas mayores de 26 años

Las trabajadoras mayores de 26 años deberán haber cotizado por al menos 180 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio del descanso o, en su caso, 360 días a lo largo de su vida laboral.

Duración del subsidio por maternidad

La duración del subsidio por maternidad es de 16 semanas ininterrumpidas. Además, las 6 semanas posteriores al parto son de descanso obligatorio para la madre trabajadora y el resto puedes cederlas al otro progenitor.

Cálculo de la prestación por maternidad

A partir de la aprobación de la Ley del trabajador autónomo, a partir del 1 de marzo 2018, la forma de calcular el subsidio es diferente. En todo caso, seguirás percibiendo el 100% de la base reguladora. La diferencia es que ahora, ésta se calculará con la suma de las bases de cotización de los 6 meses anteriores al hecho causante, dividido entre 180. En el caso de no tener 6 meses cotizados, será el resultado de dividir las bases de cotización acreditadas en los seis meses inmediatamente anteriores entre los días en que hayas estado en alta en el régimen de autónomos, dentro de ese período.

Cabe destacar que, con la nueva fórmula de cálculo, las trabajadoras autónomas tendréis la posibilidad de poder incrementar vuestras bases de cotización para poder obtener una prestación más elevada. Por último, hay que añadir que mientras dure vuestro descanso por maternidad, existe una bonificación de la cuota de autónomos del 100%.

Baja de Paternidad

Gracias a la Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para 2018, los trabajadores autónomos que vais a ser papás podréis disfrutar ininterrumpidamente de un permiso por paternidad de 5 semanas, en vez de 4. Además, en el caso de parto múltiple, el tiempo de descanso se amplía en dos días por cada hijo a partir del segundo.

Condiciones para acceder a la prestación de paternidad

Los requisitos exigidos para que como trabajador autónomo puedas tener derecho a este subsidio no han cambiado: debes estar dado de alta y al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social y presentar en los 15 días siguientes al inicio del descanso una declaración de situación de actividad o, en su caso, el cese temporal o definitivo de la actividad desarrollada. Asimismo, debes haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral.

Duración del subsidio por paternidad

Como trabajador autónomo, tendrás derecho a recibir un subsidio durante estas 5 semanas. Esta prestación la podrás disfrutar a partir del nacimiento de tu hijo, desde la resolución en la que se establezca la adopción o desde la decisión administrativa o judicial del acogimiento, y hasta que finalice el periodo de maternidad, adopción o acogimiento, o bien inmediatamente después de la finalización del descanso por maternidad. Es necesario que se produzca el cese de actividad durante este tiempo.

Cálculo de la prestación por paternidad

El importe de la cantidad diaria del subsidio será del 100% la base reguladora, que se calculará dividiendo las bases de cotización de los 6 meses anteriores al hecho causante entre 180. Ten en cuenta que, mientras dure el permiso de paternidad, tendrás bonificada la cuota de autónomo al 100%.


Permaneced atentos, ¡puede que muy pronto cambien de nuevo estas condiciones para los padres autónomos!