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La Unión Europea aprobó hace unos meses una Ley Rider que regulará las condiciones laborales de los trabajadores de plataformas digitales como Glovo, Uber Eats o Deliveroo. Te explicamos en qué consiste.

Puntos esenciales de la Ley Rider de la Unión Europea

  • Se presumirá de entrada que la relación con la empresa será como trabajador asalariado. Será la empresa la que tendrá que probar que no se trata de una relación por cuenta ajena. Este ha sido el principal tema de debate en diferentes estados, incluido España: la errónea clasificación en trabajadores autónomos cuando en realidad se daban las características de trabajadores por cuenta ajena o asalariados.
  • Además, la directiva clarificará el uso de algoritmos o procedimientos digitales garantizando la supervisión humana de las posibles decisiones automatizadas y no dejando el control de la relación laboral a la información que dé un algoritmo.
  • Por otro lado, se garantizará que el trabajador estará informado sobre el uso de “sistemas automatizados de seguimiento” en la toma de decisiones sobre su contratación y condiciones de trabajo, como pueden ser su retribución u otros aspectos esenciales de su contrato laboral.
  • Se concederá un plazo de dos años para que los Estados miembros adapten las normativas internas a la directiva europea
 

La Ley Rider en España

Se podría decir que España ha sido pionera en este asunto. Nuestro Tribunal Supremo sentenció en 2020 que la relación que unía a los trabajadores de reparto de comida a domicilio con la plataforma digital que los contrataba era laboral y no por cuenta propia o autónomos.

Gracias a esta sentencia, se modificó el Estatuto de los Trabajadores con la publicación de la Ley 12/2021, incorporando el “derecho al comité de empresa a ser informado por la empresa de los parámetros e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de Inteligencia Artificial que afecta a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo”.

También introduce la presunción de laboralidad en las actividades de reparto o distribución de cualquier producto a domicilio.

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La nueva directiva europea será un avance para que, en todos los países de la Unión, los trabajadores de estas plataformas digitales tengan los derechos laborales y de seguridad social que les correspondan.

 

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