Cómo reclamar un despido si no estamos de acuerdo
¿Te han despedido? Te explicamos los pasos para reclamar cuando no estamos de acuerdo con la decisión adoptada por nuestra empresa.
En un despido improcedente el empleado tiene derecho a indemnización. Detallamos las cuantías y qué salario se tiene en cuenta.
Margarita Perez | 23.02.2023
Cuando un despido es improcedente el empleado tiene derecho a recibir una indemnización. Te explicamos de qué cuantía, qué salario se tienen en cuenta y excepciones.
Si la empresa decide extinguir el contrato de trabajo porque el trabajador ha realizado incumplimientos muy graves, al amparo de las causas disciplinarias establecidas en el Estatuto de los trabajadores y en el régimen disciplinario de los convenios colectivos que sean de aplicación, estaremos ante un despido disciplinario.
Ahora bien, si la empresa no acredita el incumplimiento alegado en la carta de despido, adolece de requisitos formales (como por ejemplo la falta de comunicación escrita del despido), o los hechos no son lo suficientemente graves como para extinguir el contrato según el Estatuto de los Trabajadores o el Convenio Colectivo, estaremos ante un despido improcedente. Esto implicará que el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización, que tendrá en cuenta la fecha de la formalización del contrato laboral y el salario bruto del trabajador.
En el caso contrario, un despido disciplinario declarado procedente, no conlleva el pago de indemnización alguna.
Si estamos ante un despido improcedente, hay que distinguir si el contrato es anterior o posterior a la Reforma Laboral (febrero de 2012):
Fecha de inicio del contrato 3/09/2022, despido 3/10/2022: 2 meses de antigüedad.
Fecha de inicio del contrato 3/09/2022, despido 2/10/2022: 1 mes de antigüedad.
En el caso de contratos sucesivos, en el caso de sucesión de empresas, o si el primer contrato es con una ETT, o un contrato de formación o en prácticas, a efectos de antigüedad, se tendrá en cuenta desde el primer contrato.
En caso de despido improcedente se tendrá en cuenta el salario bruto que tenga el trabajador en el momento del despido (pagas extras incluidas).
Si el trabajador, que presta servicios a jornada completa, tiene un salario bruto inferior al salario mínimo interprofesional (SMI), se ha de tener en cuenta el SMI (1.166,66 euros al mes incluidas la pagas).
El salario del trabajador debe calcularse sobre el salario completo y no el reducido en las siguientes circunstancias:
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