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Normativa de riesgos laborales para personas trabajadoras del hogar

Te contamos la nueva normativa para mejorar la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras del hogar.

En pocas palabras...

Con la finalidad de regular la protección de la seguridad y la salud de las personas trabajadoras en el hogar familiar, el Gobierno ha aprobado la norma sobre prevención de riesgos laborales en este ámbito.

El objeto de esta norma es que exista una regulación específica en prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta el ámbito privado donde prestan sus servicios, que la persona empleadora carece de entidad empresarial y que en algunas ocasiones existen varias personas empleadoras.

¿Cuáles son los derechos de la persona trabajadora?

Se traduce en la obligación de la persona empleadora de realizar una evaluación de riesgos adecuada.

Las personas trabajadoras tienen derecho a recibir formación en materia de prevención al ser contratadas y formación adicional en casos de riesgos excepcionales. Esta formación se llevará a cabo, preferentemente, durante la jornada laboral y será gratuita. Para ello el Servicio público de Empleo (SEPE) publicará una plataforma formativa.

La persona trabajadora podrá suspender su actividad en el caso de existir un riesgo grave e inminente para su vida o salud, así como abandonar el domicilio si es necesario, debiendo informar inmediatamente a la persona empleadora.

La persona trabajadora tiene derecho a la vigilancia de su estado de salud, incluyendo la posibilidad de realizar reconocimientos médicos adecuados, y que tenga en cuenta los riesgos a los que puede quedar expuestos. Dicho reconocimiento será voluntario, gratuito y cada 3 años, y serán incluidos en el Sistema Nacional de Salud.

La persona trabajadora tiene derecho a la protección frente a la violencia y acoso, incluyendo el acoso sexual y la discriminación. Además, el abandono del domicilio en situaciones de violencia o acoso no se considerará dimisión ni podrá ser causa de despido.

¿Cuáles son las obligaciones de la persona empleadora?

La persona empleadora deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de las personas trabajadoras en el hogar teniendo en cuenta las características de la actividad y de la persona empleada. Esta evaluación deberá ser actualizada si cambian las condiciones de trabajo o se producen daños. Para ello el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha creado una herramienta de evaluación de estos riesgos.

La persona empleadora deberá proporcionar equipos de trabajo y de protección individual adecuados al desempeño de sus funciones. Serán gratuitos para la persona trabajadora y se deberán reponer cuando sea necesario.

La persona empleadora deberá asegurarse que la persona trabajadora tiene a su disposición toda la información necesaria sobre la seguridad y salud del trabajo que desempeñan. Además, la persona empleadora asumirá la organización de la actividad preventiva. Es posible delegar dicha organización en un servicio de prevención ajeno o incluso en una persona de su entorno personal o familiar cuando no pueda asumirlo por sus características personales o por tener reconocida una discapacidad.

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¿Qué es necesario para que estos derechos se cumplan?

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha llevado a cabo una serie de actuaciones que permiten poner en marcha todas las obligaciones y derechos recogidos en esta normativa:

Permite facilitar el cumplimiento de las obligaciones de prevención de riesgos para la persona empleadora. Esta herramienta está disponible a través del portal Prevencion10.es.

La guía tiene por objetivo dar a conocer el actual marco normativo, así como identificar los principales riesgos laborales genéricos a los que están expuestas las personas empleadas del hogar, las medidas preventivas a adoptar en el desarrollo de su actividad.

Se pondrá en marcha cuando existan indicios de violencia y acoso con especial atención a la violencia de género, el acoso sexual, el acoso por razón de origen racial o étnico, nacionalidad, sexo, identidad u orientación sexual o expresión de género.

Con la aprobación de esta norma se pretende mejorar los derechos de las personas que trabajan en el hogar familiar, en su gran mayoría mujeres.

Foto profesional de la abogada de ARAG Sonia Sánchez

Autora

Sonia Sánchez

Soy licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona (UB)

Formo parte del equipo de abogados de AJT, donde presto asesoramiento jurídico y coordino el área. Me motiva escuchar, acompañar y ayudar a las personas para aportar soluciones que generen confianza.
  • Asistencia Jurídica Telefónica
  • Abogada, ARAG

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