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Ser becario es una etapa común para muchas personas que buscan adquirir experiencia laboral mientras completan sus estudios. El 8 de mayo se celebra el Día del Becario y, por eso, exploramos los aspectos fundamentales sobre sus derechos y cómo se regulan según diferentes normativas.

Los derechos laborales del becario

El becario tiene derechos laborales como el resto de los trabajadores y estos dependerán según el tipo de convenio o contrato bajo el que realicen las practicas. Pueden ser:

  • Becarios que realicen prácticas académicas externas (derivadas de los estudios universitarios o de formación profesional) y se regularan por el Real Decreto 592/2014 .
  • Becarios que tengan contratos de formación o contratos en prácticas, que vendrán regulado por el Estatuto de los Trabajadores.

Los derechos de los becarios en prácticas académicas externas

Pueden ser curriculares que son obligatorias para obtener un título y que comportaran los siguientes derechos:

  • Tener una duración limitada que no pueden superar el 50% del curso académico si son curriculares o un máximo de 6 meses si son extracurriculares.
  • No pueden realizar tareas estructurales, ni cubrir puestos de trabajo.
  • Tienen derecho a un tutor en la empresa y a otro en la universidad o en el centro de estudios.
  • Las empresas pueden ofrecer una compensación económica para los gastos, pero no están obligada a hacerlo.
  • Tienen que estar dados de alta en Seguridad Social.
  • Deben tener un seguro que cubra accidentes y responsabilidad civil.

Por otra parte, los becarios también pueden tener prácticas extracurriculares de forma voluntaria, relacionadas con la formación del estudiante.

Los derechos de los becarios con contrato laboral en prácticas o formación

Los becarios que tienen contrato de formación en alternancia o un contrato en prácticas, tienen los siguientes derechos:

  • Como el resto de los trabajadores, tienen que estar dados de alta en la Seguridad Social, incluyéndose cotización por contingencias comunes y desempleo.
  • Tienen derecho a un salario que no puede ser inferior al 60% o al 75% del salario que corresponde a un trabajador en ese mismo puesto de trabajo.
  • No pueden hacer más del 65% de la jornada en el primer año y el 85% en el segundo.
  • Tienen los mismos derechos de descansos y vacaciones.
  • A su finalización, la empresa puede proceder a la conversión en un contrato indefinido.

El futuro Estatuto del Becario

El Gobierno ha propuesto un Estatuto del Becario que todavía no ha sido aprobado y que recogerá como medidas más relevantes las siguientes:

  1. La obligación de compensar gastos de transporte y manutención.
  2. Eliminación de las prácticas extracurriculares.
  3. Derecho a vacaciones y a descansos.
  4. Cotización a la Seguridad Social.
  5. Limitación del 20% de becarios en las empresas.
  6. Sanciones para empresas que no les hagan contrato.

Los becarios son una parte fundamental para el desarrollo profesional de las personas en formación, y las empresas tienen una responsabilidad significativa en garantizar condiciones justas para ellos. Proveer un entorno seguro, educativo y que fomente el crecimiento profesional resulta clave para convertir las prácticas en una experiencia enriquecedora.

 

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