¿Qué son las costas judiciales y quién las paga?
Descubre qué son las costas judiciales, cómo se calculan y qué cambios introduce la nueva normativa sobre resolución de conflictos antes de ir a juicio.
En pocas palabras...
Ir a juicio no solo implica defender una postura ante un tribunal. También puede suponer asumir una serie de gastos asociados al procedimiento: honorarios de abogado y procurador, intervención de peritos, publicaciones oficiales, tasas o incluso indemnizaciones a testigos. A todos estos gastos se les conoce como costas judiciales.
Saber qué son, cómo se calculan y quién debe pagarlas es clave antes de iniciar un procedimiento judicial. Y lo es todavía más desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, que ha reforzado la importancia de intentar resolver determinados conflictos mediante medios adecuados de solución de controversias antes de acudir a los tribunales.
¿Qué son las costas judiciales?
Las costas judiciales son los gastos directamente relacionados con un procedimiento judicial. Popularmente se suelen entender como “lo que cuesta ir a juicio”, aunque no todos los gastos personales derivados de un litigio forman parte de las costas.
Entre los conceptos que pueden incluirse en las costas se encuentran:
- Los honorarios de abogado.
- Los derechos del procurador.
- Los honorarios de peritos.
- Las tasas judiciales que correspondan.
- Las indemnizaciones a testigos
- La publicación de anuncios o edictos en boletines oficiales
- Determinadas anotaciones registrales, como las de embargo en el Registro de la Propiedad.
La Ley de Enjuiciamiento Civil regula qué gastos pueden incluirse como costas y cómo se realiza su tasación.
¿Siempre hacen falta abogado y procurador?
No en todos los procedimientos es obligatorio acudir con abogado y procurador. En términos generales, en el ámbito civil, para reclamaciones de cuantía inferior a 2.000 euros no es preceptiva su intervención.
Esto tiene consecuencias prácticas importantes: si no es obligatorio acudir con estos profesionales, sus honorarios no siempre podrán reclamarse como costas a la parte contraria. Por eso, antes de iniciar un procedimiento, conviene valorar no solo las posibilidades de éxito, sino también los costes reales que puede implicar.
¿Quién paga las costas judiciales?
La regla general en los procedimientos civiles es el llamado criterio del vencimiento objetivo: paga las costas quien pierde el juicio. Es decir, si una de las partes ve rechazadas todas sus pretensiones, el tribunal puede condenarla a pagar las costas de la parte contraria. Esto significa que la parte que pierde no solo tendrá que asumir sus propios gastos de abogado y procurador, sino también los gastos procesales de la otra parte incluidos en la tasación de costas.
Ahora bien, esta regla tiene excepciones. El juez puede decidir que cada parte pague sus propios gastos si considera que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho.
Por ejemplo: una comunidad de propietarios demanda a un vecino por una deuda y el juzgado le da la razón íntegramente. En este caso, el vecino podría ser condenado a pagar las costas. Sin embargo, si el asunto era jurídicamente dudoso, por ejemplo porque existían sentencias contradictorias sobre un caso similar, el juez podría decidir que cada parte asuma sus propios gastos.
¿Qué pasa si la demanda gana solo en parte?
No todos los juicios terminan con una victoria o una derrota total. En ocasiones, el juez puede estimar parcialmente una demanda: concede parte de lo pedido, pero no todo.
En estos casos, la regla general es que cada parte pague las costas causadas a su instancia y que los gastos comunes se abonen por mitad. No obstante, el tribunal puede imponer las costas a una de las partes si aprecia temeridad, es decir, si considera que ha actuado de forma abusiva o injustificada.
¿Cómo afecta la negativa a negociar a las costas?
Desde el abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 ha introducido cambios relevantes en la forma de acudir a los tribunales en asuntos civiles y mercantiles. En muchos casos, antes de presentar una demanda será necesario acreditar que se ha intentado resolver el conflicto mediante un medio adecuado de solución de controversias. Estos medios pueden incluir, entre otros, la mediación, la conciliación, la negociación directa entre las partes, la intervención de una persona experta independiente, una oferta vinculante confidencial o el derecho colaborativo. Según el Ministerio de Justicia, esta medida busca reducir el número de litigios, agilizar la tramitación de conflictos y fomentar una cultura del acuerdo antes de acudir a los tribunales.
La negativa injustificada a participar en un medio adecuado de solución de controversias puede tener consecuencias en materia de costas. Si una parte rechaza participar en un intento de acuerdo antes del juicio o durante el procedimiento, el juez puede tenerlo en cuenta al decidir quién paga las costas. Incluso puede ocurrir que una parte gane el pleito, pero no tenga derecho a recuperar sus gastos si se negó sin causa justificada a intentar una solución extrajudicial. También puede suceder lo contrario: si una persona intenta negociar antes de presentar la demanda y la otra parte se niega injustificadamente, el juez puede valorar esa conducta al resolver sobre las costas.
Por ejemplo, si una persona reclama a una empresa el cumplimiento de un contrato. Antes de demandar, propone una mediación, pero la empresa se niega sin motivo. Si finalmente el asunto llega a juicio, esa negativa puede influir en la decisión sobre las costas.
¿Cómo se calculan las costas judiciales?
Las costas no se calculan de forma automática ni equivalen necesariamente a todo lo que una parte ha pagado a sus profesionales. Para reclamarlas, debe solicitarse la tasación de costas, un procedimiento en el que el Letrado de la Administración de Justicia revisa los conceptos incluidos y fija el importe que corresponde.
- En el caso de los honorarios de abogado y otros profesionales no sujetos a arancel, la Ley de Enjuiciamiento Civil establece un límite: la cantidad que debe pagar la parte condenada no puede superar, por esos conceptos, la tercera parte de la cuantía del procedimiento. Cuando el proceso no tiene una cuantía determinada, la ley toma como referencia 24.000 euros, salvo que el tribunal establezca otra cosa por la complejidad del asunto.
- Los procuradores y otros profesionales sujetos a arancel se rigen por sus propias normas, mientras que otros gastos se justifican mediante las facturas correspondientes.
¿Qué ocurre si no se pagan las costas?
Una vez aprobada la tasación de costas, la parte obligada debe pagarlas. Si no lo hace voluntariamente, la parte beneficiada puede iniciar un procedimiento de ejecución para reclamar el importe.
En esa fase, el juzgado puede acordar medidas de averiguación patrimonial y, si procede, embargos sobre cuentas, salarios, bienes o derechos de la persona condenada al pago.
¿Y si tengo derecho a justicia gratuita?
La justicia gratuita permite a quienes acrediten insuficiencia de recursos acceder a abogado, procurador y otros servicios sin tener que asumir inicialmente esos costes.
Ahora bien, si una persona beneficiaria de justicia gratuita es condenada en costas, no estará obligada a pagarlas salvo que, dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso, mejore sustancialmente su situación económica.
Consejos antes de iniciar un procedimiento judicial
Antes de acudir a los tribunales, conviene:
- Valorar las posibilidades reales de éxito del caso.
- Calcular los costes aproximados del procedimiento.
- Comprobar si es obligatorio intentar antes una vía negociada.
- Guardar pruebas de cualquier intento de acuerdo.
- Pedir asesoramiento profesional antes de presentar una demanda.
- Revisar si se cumplen los requisitos para solicitar justicia gratuita.
Un juicio puede ser necesario para defender un derecho, pero también implica riesgos económicos. Por eso, informarse bien antes de actuar es la mejor forma de evitar sorpresas.
Preguntas frecuentes sobre costas judiciales
Depende. Si el juez condena en costas a la otra parte, podrás reclamar determinados gastos dentro del procedimiento de tasación de costas. Sin embargo, puede que no recuperes todo lo abonado, ya que existen límites legales y el importe debe ser aprobado por el Letrado de la Administración de Justicia.
Una parte puede considerar que los honorarios incluidos en la tasación son demasiado altos y discutirlos por excesivos. En ese caso, existe un procedimiento específico para impugnar la tasación y revisar si la cantidad reclamada es adecuada.
Cuando procede, el juez debe pronunciarse sobre las costas en la resolución. Puede imponerlas a una parte, decidir que cada una asuma las suyas o establecer otro criterio en función del resultado del procedimiento y de la conducta procesal de las partes.
Sí. Alcanzar un acuerdo antes de llegar a juicio puede evitar muchos de los gastos asociados al procedimiento. Además, desde la reforma de 2025, intentar una solución negociada puede ser obligatorio en determinados asuntos civiles y mercantiles antes de presentar una demanda.
Las costas judiciales son una parte importante de cualquier procedimiento, porque pueden aumentar de forma significativa el coste de un juicio. En general, las paga quien pierde, aunque existen excepciones cuando el caso presenta dudas jurídicas, cuando la demanda se estima solo en parte o cuando alguna de las partes ha actuado de forma temeraria.
En definitiva, antes de acudir a juicio es fundamental conocer no solo las opciones legales, sino también los costes y riesgos económicos que pueden derivarse del procedimiento.
