Seguro de impago del alquiler
Este es tu seguro si quieres alquilar tu piso y garantizar el pago de las mensualidades de los inquilinos. Porque tener un buen seguro es tan importante como elegir un buen inquilino.
¿Tienes una vivienda en alquiler? Puedes reducir en un 60% el IRPF y deducirte los gastos relacionados. Repasamos las deducciones y los requisitos.
Melissa Saez | 07.04.2021
Los arrendadores que alquilan sus viviendas deben rendir cuentas con Hacienda, declarar que son propietarios del inmueble e indicar los ingresos que el alquiler les ha generado. Si es tu caso, debes tener en cuenta que podrás restar a esta cantidad una serie de gastos, además de beneficiarte de la reducción del 60% del rendimiento. Lo desgranamos a continuación.
Según indica la Ley del IRPF, el propietario podrá beneficiarse de una reducción del 60% sobre el rendimiento neto del alquiler, tributando así el 40% restante. El arrendador restará todos los gastos relacionados con el alquiler para obtener el importe limpio que ha cobrado durante el año y, a esa cantidad, le reducirá el 60%. De este modo, al final solo computará el 40% del alquiler cobrado.
Para que el arrendador pueda beneficiarse de la reducción del 60%, el inmueble debe utilizarse para la vivienda del inquilino y no puede tener ninguna otra utilidad. Por lo tanto, los alquileres destinados a oficinas o sedes de empresa no valdrán para beneficiarse de la reducción. ¡Ojo! Tampoco podrá acogerse quién alquile el piso a una persona que trabaje por cuenta propia y utilice la vivienda como lugar de trabajo.
El arrendador tiene la obligación de guardar todos los justificantes como facturas, certificados o recibos que acrediten los gastos para poderlos aportar ante la Agencia Tributaria si durante el plazo de los 4 años siguientes ésta los requiriera.
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